El servicio requerido en la licitación es complejo desde el punto de vista operativo, logístico y económico. Por lo tanto, se requería que los licitadores adjuntaran a sus propuestas financieras un plan de negocio detallado, de acuerdo con el esquema expuesto en el Apéndice 16 de la licitación. Este requisito pretende permitir al Ministerio de Transporte comprender la infraestructura empresarial y económica que sustenta cada propuesta de licitante. En el mencionado Apéndice 16, se determinaron instrucciones detalladas sobre la estructura del plan de negocio. Se determinó que el plan de negocio debe incluir datos sobre las inversiones que el licitante pretende invertir para realizar la licitación (compra de autobuses, inversiones en tecnología e infraestructuras, etc.), y sobre las fuentes de financiación de dichas inversiones; Se determinó que el licitador debía especificar los ingresos esperados de la operación de las líneas; Se determinó que el licitador debía especificar los gastos operativos previstos, que incluyen, entre otros, gastos salariales y gastos de energía y petróleo; El postor también debe especificar las cantidades de gastos que se le esperan en las áreas de ventas, marketing y gestión, así como la cantidad de gastos generales que se le espera. Además de lo anterior, los licitantes debían incluir en el plan de negocio un capítulo sobre "Beneficios requeridos, factores de riesgo e imprevistos (en el Fondo)" (en adelante - el "Fondo"). Según la cláusula 1.7 del Apéndice 16, en este capítulo del plan de negocio, cada licitador debe especificar cuál es el beneficio previsto en el marco de la prestación del servicio, y cuál es la estimación del licitador respecto a la cantidad que se reservará para los costes imprevistos asociados a la operación del servicio. También se aclaró en el párrafo 1.7 del Apéndice 16 - la sección que es el foco de la petición ante mí - que en el marco de este capítulo del plan de negocio, el licitante debe incluir la cantidad de regalías que pretende pagar al Ministerio de Transporte, en la medida en que tenga la intención de pagar regalías, sin especificar en el marco del plan de negocio la cantidad exacta de regalías y los gastos de financiación necesarios para el pago de dichas regalías. Además, se enfatizó explícitamente en la cláusula 1.7 que: "La cantidad de regalías debe ser menor que la cantidad acumulada en esta cláusula" - clara, suave y sencilla. La importancia de esta disposición es que la cantidad de regalías que el postor indicará en su propuesta financiera, que se presentará en un sobre separado del sobre en el que se presentará el plan de negocio, debe ser menor que la cantidad que se registrará en el plan de negocio en el capítulo del plan. La lógica de esta disposición es clara, ya que no es posible que la cantidad de regalías que pague el postor supere la cantidad de las regalías, que incluye las propias regalías, los gastos inesperados del postor y el beneficio que el postor espera de la prestación del servicio.
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