De hecho, según el método del trabajador, es posible intervenir en cada detalle de la sentencia del Tribunal Supremo mediante la definición amplia del trabajador respecto a la causa de desviación de la autoridad. Así, por ejemplo, se puede decir que si aceptamos la posición del trabajador de que no cometió ninguna infracción, entonces el Tribunal Supremo "excedió su autoridad" al condenar al trabajador por un delito que no cometió. Claramente, esta no es la intención de la jurisprudencia en cuanto a la intervención de desviación de la autoridad, en relación con el rechazo de este amplio método de interpretación de la "desviación de la autoridad", véase el Prof. Yoav Dotan, "Revisión Judicial de la Discreción Administrativa" (Vol. 1, 2022):
"¿Cómo, entonces, es posible resolver las dificultades implicadas en distinguir entre errores puramente legales y aquellos que van a la raíz de la autoridad de la autoridad administrativa? Parece que la prueba adecuada en este asunto debe cumplir varios requisitos: Primero, debe ser una prueba minimalista, es decir, una prueba que no permita a ningún subordinado convertir fácilmente cualquier reclamación de error por parte de la autoridad administrativa en un ataque a su autoridad; " (mi énfasis - G.H.).
- Por tanto, la jurisprudencia sostuvo que la causa de desviación de la jurisdicción en este contexto es únicamente cuando la institución judicial decide sobre una cuestión que no está dentro del alcance de sus facultades funcionales definidas. Sin embargo, mientras la cuestión en disputa esté dentro de la autoridad funcionalmente definida de la institución judicial interna, la interpretación de la ley y las determinaciones fácticas, aunque sean erróneas, no constituirán una desviación de la autoridad. Esta prueba se ha denominado en jurisprudencia como la "prueba funcional", según la cual mientras la institución cumpla la función destinada, no es posible intervenir en sus decisiones por falta de autoridad.
En este sentido, véase la hermosa y duradera sentencia del Tribunal Supremo en el asunto de Apelación Civil 203-57 Eliezer Rubinsky contra el Oficial Autorizado bajo la Ley de Condominios, 5713-1952 [publicada en la base de datos de Nevo] (10 de noviembre de 1958), que aún no se ha completado: