Cuando le preguntamos a la menor si le gustaba la reunión, la menor respondió que sí.
Cuando le preguntamos si le interesaba otra reunión, la menor respondió que no.
Le dijimos que no entendíamos por qué, porque ella dijo que se lo había pasado bien con nosotros, y la menor respondió que se divertía rociándonos agua
Después, la demandada entró y recogió a su hija. Compartimos con el acusado la presencia del menor en su estado general en el momento de la reunión.
Además, durante la visita, la demandada entró en el centro y expresó su descontento con nuestra propuesta que le traería algo dulce al menor. Según ella, fue una especie de intento de "persuadir" a su hija y transmitir el mensaje equivocado.
- Además, señala el estado del menor en casa tras el encuentro (p. 7, tercer párrafo):
"Después de la sesión de interacción, hablé por teléfono tanto con el solicitante como con la madre del menor. La demandada declaró que tras el encuentro la menor se despertó llorando varias veces durante la noche y que tenía la impresión de que no estaba tranquila, aunque durante el día estaba en un estado más razonable. Además, hablé con ella sobre su interpretación errónea, en mi opinión, respecto a sus afirmaciones de que se intentó "persuadir" a su hija, ya que en esa declaración ignoró su firme objeción y la gran dificultad en la que se encontró a la menor , y que esto se hizo en su presencia. Cabe añadir que llevar comida a un encuentro así es un acto razonable y aceptable. El acusado demostró comprensión y pidió disculpas por tal declaración.
Respecto a la posición del demandante, el trabajador social señala:
"Después, y en una conversación que tuve con la demandante, la demandada compartió sus dificultades del encuentro, y especialmente su dolor al notar el asombro en el rostro de la menor cuando la conoció por primera vez. Enfatizó que la menor era importante para ella y que salió con dudas de la reunión con ella, pero dejó claro que estaba interesada en seguir contactando con ella."
- Al analizar la situación, la trabajadora social señala la dificultad para determinar hallazgos fácticos respecto al consentimiento respecto al nacimiento del menor, la razón de la falta de documentos de crianza, el grado de implicación del demandante en la crianza del menor y la forma en que se comportó durante la separación entre ambos. En cuanto al punto de vista del menor, señala (p. 8, segundo y tercer párrafos):
"... Tuve la impresión de que al menor le resultó muy difícil conocer al demandante y que el menor no permaneció indiferente hacia el demandante. También parece que su respuesta reservada y evitativa respecto a la demandante apunta a una cierta relación que se formó entre ambas en el pasado y que ya no existe.