(b) En cuanto a la autoridad del Comisionado de Control Fronterizo para trasladar a un infiltrado del centro de detención a la custodia, se decidió que desde el 2 de octubre de 2014 hasta el plazo de 90 días desde la fecha de la sentencia, Sección 32K a la ley de modo que en relación con cada uno de los motivos enumerados En la sección 32k(a) La ley autorizará al Comisionado de Control Fronterizo a ordenar la transferencia de un infiltrado bajo custodia por un periodo no superior a 30 días. Quienes estén detenidos el día de la emisión de esta sentencia en virtud de la decisión de dicho supervisor serán liberados al cabo de los 30 días de su custodia o al final de la fecha fijada por el supervisor, lo que ocurra antes.
- En opinión del presidente Grunis y del juez N. Hendel, la sección 32H(a) de la Ley de Prevención de la Infiltración y los Reglamentos solo deberían cancelar la segunda obligación de informar al mediodía, de modo que la obligación de informar por la mañana y por la tarde, a las horas especificadas en el reglamento, siga vigente.
- Por opinión de todos los jueces, se decidió rechazar la petición en el caso 7385/13 del Tribunal Superior de Justicia sin una orden de costes.
- Los demandados en el caso 8425/13 del Tribunal Superior de Justicia asumirán conjuntamente los gastos de los demandantes en el caso 8425/13 del Tribunal Superior por un importe total de 25.000 NIS.
Publicado hoy, 22 de septiembre de 2014.
| El Presidente | Vicepresidente | Juez (Retirado) |
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