Casos legales

Caso Civil (Tel Aviv) 2217-08-22 Anónimo contra Liran Otniel - parte 8

May 3, 2026
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La demandante volvió a exigir los detalles del seguro, y la demandada le respondió al día siguiente, 22 de octubre de 2018:

"Una pregunta con su permiso (para ayudar - lo juro), y por favor intente dejar las emociones a un lado...  ¿Tus documentos médicos muestran la fecha exacta del golpe que recibiste? ¿O simplemente una frase de "Hace X días/semanas recibió un golpe..."?

El demandado entonces pidió hablar con la demandante y, tras exigir de nuevo los detalles del seguro, él le respondió: "Una actitud negativa no dará lugar a algo bueno...".  Más adelante, en la correspondencia de ese día, se adjuntó una copia del certificado obligatorio con fecha de caducidad el 9 de abril de 2018, 10 días antes del evento.

El demandado respondió en el contrainterrogatorio que había utilizado el término "salto" debido a que esta era la afirmación de la demandante en una conversación preliminar, y que no había aclarado que solo se trataba de un salto según su afirmación, debido a que no era abogado.  Sin embargo, más adelante en su testimonio, el demandado señaló que cuando el demandante le llamó unos seis meses después del incidente, se apresuró a consultar con un amigo que es abogado, cuyo nombre dijo no recordar, y tras la consulta utilizó el término "conexión causal", tal como respondió al demandante en la correspondencia de WhatsApp [Prov.  en p.  111].

  1. A partir de las versiones de las partes, se puede ver que la descripción correcta de las circunstancias del incidente está en un punto intermedio. De hecho, la disputa entre las partes es una cuestión de tamaño e intensidad, ya que ambas partes coinciden en que la motocicleta se ha movido mientras conducía por el paso de ganado.  Por un lado, parece que la demandante está exagerando en teoría las diferencias de altura que provocaron el salto de la motocicleta y la altura del salto al que su cuerpo se elevó al desprenderse del asiento, y con ello la fuerza del golpe que recibió al aterrizar de nuevo.  Tampoco está claro cómo el demandante puede estimar y estimar en centímetros la altura del salto repentino que ocurrió en pocos segundos.  Al mismo tiempo, la demandante reiteró que se trataba de un salto significativo, ya que su cuerpo se levantó del asiento y la altura de su cabeza aumentó considerablemente respecto a la altura del casco de la demandante que se desplazaba delante de ella.  Por otro lado, se puede suponer que el acusado desea minimizar la intensidad del incidente y evitar el hecho de que en realidad hubo un salto de la motocicleta, como admitió en la primera etapa del mensaje de WhatsApp, tras consultar con un abogado.  Además, la afirmación del demandado sobre la ligera "vibración" o "temblor" causada durante el trayecto no explica por qué el teléfono cayó del bolsillo de la camisa del demandado precisamente durante la primera conducción por el primer paso al mando, ni por qué se detuvo y preguntó al demandante si "todo estaba bien?".

De manera similar, el hecho de que el acusado eligiera filmar una recreación del recorrido en diversas condiciones, y en particular a una velocidad significativamente inferior a la que admitió haber conducido en el momento del incidente, atestigua que no fue solo un temblor, y que el acusado señaló por iniciativa propia que al adelantar una motocicleta, "las vibraciones son un poco más fuertes".  Por lo tanto, resulta considerable dificultad confiar en lo que se está viendo en un vídeo filmado en condiciones diferentes y de manera tendenciosa destinada a mostrar menos intensidad.  El valor probatorio del vídeo es, en cualquier caso, bajo, ya que incluso según el demandado, el temblor observado en él debería haber sido más fuerte si hubiera sido una motocicleta, y si la velocidad para alcanzar el obstáculo hubiera sido mayor, como ocurrió en la práctica.

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