Casos legales

Expediente familiar (Be’er Sheva) 50483-06-24 N.L. contra H.S. - parte 7

July 24, 2025
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“)a) Un testamento se interpreta según las intenciones del testador tal y como está implícito en el testamento, y en la medida en que no lo implica - tal como lo implican las circunstancias. 

(b) Un testamento que puede interpretarse de forma diferente, la interpretación que lo cumple es preferible a la interpretación según la cual es nulo."

Cuando el tribunal interpreta un testamento, lo hará de manera que cumpla el testamento del testador, basado en el principio de dar validez al testamento del testador, que tiene derecho a controlar la distribución de sus bienes tras su fallecimiento.  (Véase Apelación Civil 122/86 Shafir contra Klibansky [Nevo]).

En nuestro caso, un examen del testamento del fallecido muestra que su texto es claro y claro, no requiere interpretación ni incluye una disposición que indique su deseo de limitar la posibilidad de modificar el testamento.  El fallecido declaró explícitamente que, a la marcha de cada uno, el otro sería el único heredero: "...  Su única heredera será su esposa, N.S.  ...  Su único heredero será su marido V.S.  "

El fallecido decidió que, después de que cada uno heredara exclusivamente al otro, sus hijas serían las herederas de todos sus bienes.

También se puede deducir del testimonio del demandante que este fue el caso:

"P: Sí.  ¿Cómo, cómo conseguiste este testamento? R: Viví muchos años en la Alta Galilea, y mis padres vinieron a mi casa y me trajeron el testamento.  Recuerdo la cara de mi madre, que estaba muy orgullosa de que hicieran un testamento juntas.  Le dije: '¿Qué, mamá, ahora me traes un testamento?' Eres joven, no, exactamente, y luego insistieron en sentarse y explicarme lo que decía el testamento.  Nunca he leído el testamento.  Q:   ¿Cuáles son razonables para ti? R.  Dijeron que en cuanto uno de su especie fallece, todo pasa a quienes siguen vivos, para que tengan algo con lo que vivir.  Y cuando el otro se haya ido, todo se dividirá, mitad y mitad, entre nosotros." (Así en el original - D.P.V.).

Por lo tanto, determino que el testamento del difunto no incluye ninguna restricción sobre ninguno de ellos respecto a los bienes que le han dejado como él desee, es decir, y así como la aplicación de la regla Zamir en nuestro caso lleva a la conclusión de que tampoco hubo impedimento para que el fallecido cambiara, prima facie, su voluntad mediante la concesión de un regalo, y la propia entrega del regalo por parte del difunto no debe considerarse una conducta de mala fe , y en este sentido lo explicaré.

  1. En la sentencia del Tribunal Supremo dictada el 10 de septiembre de 2024 por el Honorable Juez Willner, en Tax Appeal 7884/23 Anonymous contra Anonymous el 10 de septiembre de 2024, se escribió:

"En otras palabras, según la sentencia en el caso Zamir, la redacción de un testamento mutuo en sí misma no niega el poder de una parte para modificar su testamento, durante la vida de la otra parte e incluso después de su muerte, en ausencia de pruebas de cualquier otra intención común de las partes.  Es importante enfatizar que, respecto a esta última posibilidad, y solo esta, quedó una apertura estrecha en el caso Zamir:

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