Casos legales

Caso Civil 9833-06-20 Thorwartl contra Infantiva Marketing Israel en la Apelación Fiscal 21 enjulio de 2025

July 21, 2025
Impresión
Tribunal de Magistrados de Tel Aviv-Yafo

 

 

 

 

 

Antes: El Honorable Juez Guy Heiman
El demandante: Ina Thorwartl
 

Contra

 

Los demandados: 1.  Inventiva Marketing Israel Ltd., 514992767
2.  Samuel (Shlomi) Falcón, ID xxxxxxxx
3.  Gil Scott Ltd., 515092195
4.  C.  Hirsch Financial Management Ltd., 515184901
5.  Gilad Hirsch, ID xxxxxxxx
6.  A.A.  Growth Consulting Services Ltd., 515044857
7.  R.I.B.  Thunder Biz Ltd., 515139061
8.  Ron Rahamim Bard, ID xxxxxxxx
En nombre del demandante: Abogado Nir Friedman
En nombre de los demandados: el abogado Moran Bikel; Abogado Assaf Glazner

 

Sentencia

 

La Fiscalía

  1. 1. El demandante, ciudadano alemán, fue persuadido para depositar dinero en manos del demandado 1. El demandado era una empresa que, a través de una página web y vendedores cualificados, ofrecía a los llamantes operar en el mercado de capitales a través de ella, bajo la marca (que también es un nombre de dominio en la red): "RTCfinance".  El demandante, que estuvo expuesto a un anuncio en Internet, abrió una cuenta en la empresa y comenzó a depositar sumas de dinero en ella.  Incluso después de perder esos fondos, los vendedores la convencieron para que no dejara de depositar fondos, prometiéndole "bonos" financieros y creando la impresión de que se beneficiaría de ellos.  En la acumulación de pérdidas, y después de querer retirar el resto de su dinero, se le dio una elección: recibir una suma considerable menor que la que se había invertido y perdido, y firmar un acuerdo en el que renunciaba a cualquier reclamación y reclamación; O seguir operando a través de la empresa hasta que se cubran las pérdidas.  La demandante se vio obligada a elegir la primera opción.  Posteriormente, se presentó esta reclamación.
  2. La demanda contra el demandado 1 alegaba, a nivel de responsabilidad civil, fraude e incumplimiento de un deber legal (o, alternativamente, como siempre, negligencia). Se alegó que los representantes del demandado, que usaban seudónimos, se hacían pasar por corredores expertos cuando ninguno de ellos lo era; que la empresa no tenía licencia para ofrecer transacciones de activos financieros y que la actividad se presentaba como asistencia y asesoramiento al demandante, mientras que su propósito era inyectar los fondos de inversión en los bolsillos de la empresa y su personal.  Los fundamentos contractuales de la reclamación eran la cancelación y restitución por engaño, así como la ejecución de un contrato de mala fe.  En el asunto del acuerdo de exención, también se alegó coacción y opresión.  Remedios: restitución del dinero invertido y compensación por la angustia mental.

En una fase temprana del procedimiento, en la primera sesión previa al juicio, se afirmó que la demandada 1 se encontraba en un proceso de liquidación voluntaria.  Se presentó un certificado del Registro de Sociedades que certificaba que la empresa estaba registrada como "liquidada".  En la segunda prueba previa al juicio, el abogado del demandante anunció que había solicitado al Tribunal de Distrito la "rehabilitación" de este demandado.  El 27 de diciembre de 2021, el Tribunal de Distrito de Tel Aviv dictaminó (Caso civil 7823-04-21; La Honorable Jueza Rachel ArkobiQue la sociedad volverá a la vida.  La empresa ha vuelto de entre los muertos, pero nunca ha presentado una declaración de defensa contra esta demanda.

  1. Demandado 2, Samuel (Shlomi) Halcón, que estaba registrado como director del demandado 1 y estaba en ella a través de una empresa propiedad de él, el demandado 3, era, según se alegaba, el espíritu vivo de la actividad. Debe ser considerado responsable de la responsabilidad personal de un funcionario, de daños por fraude y de incumplimiento del deber legal, y el velo de incorporación debe levantarse en su caso debido al abuso de la personalidad jurídica separada del demandado 1.

Según el demandante, para dificultar la localización de los responsables, se crearon otras empresas individuales, a saber, los demandados 3, 4, 6 y 7, que poseían parte de la propiedad del demandado 1.  En cada uno de ellos, respectivamente, los demandados 2, 5 y 8 estaban registrados como directores.  Estuvieron personalmente implicados en la operación del acusado 1 y en su acto falso.  Ellos también, las empresas y el pueblo, deben estar obligados por el levantamiento del velo.

  1. El demandante presentó una declaración jurada del testigo principal en inglés. Ella proporcionó sus datos al acusado después de que se topó con un anuncio suyo en Internet en abril de 2017.  Un hombre la llamó, que se presentó bajo el seudónimo, "Ben Voster" y afirmó que era un intermediario en nombre de "RTCfinance".  Esta persona explicó que la empresa y su personal son entidades cualificadas, autorizadas para operar a través de instrumentos financieros.  Ofreció a la demandante, a través de los servicios de consultoría, formación y trading que ofrecía la marca, obtener un "buen añadido" a su salario mensual y obtener un mejor retorno del dinero que ahorraba.

El demandante fue persuadido y abrió una cuenta, y luego contactado, por correo electrónico, por otra persona, que se presentó como "Bruno Englewood" y se tomó la molestia de contar sus muchos años de experiencia en trading "técnico" de divisas extranjeras y opciones binarias, utilizando herramientas informáticas basadas en probabilidad.  "Bruno" explicó que él era el gestor de riesgos, que acompañaría a la demandante en sus actividades para que pudiera convertirse en una "trader exitosa" y acumular beneficios en la cuenta.

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