Casos legales

Tefek (Tel Aviv) 31664-11-22 Estado de Israel contra Gol Shorosh - parte 3

June 5, 2025
Impresión

La impresión es que el acusado 2, diagnosticado con trastorno de ansiedad y depresión y sospecha de trastorno narcisista de la personalidad, y que creció en un entorno familiar complejo en el que estuvo expuesto a violencia y patrones fraudulentos, tiene patrones engañosos y manipuladores, y tiene dificultades significativas en la regulación conductual y emocional, lo que puede llevar a conductas impulsivas y violentas y a no cumplir límites.  Además, se caracteriza por patrones adictivos y dependientes, y trata de presentar una fachada funcional y exitosa que se expresa, entre otras cosas, en la aspiración de obtener ganancias económicas, aunque sea de forma ilegítima.  Se observó que el Demandado 2 tenía dificultades para conocer y comprender en profundidad su situación problemática y sus patrones, y principalmente proyectaba la responsabilidad en factores externos.

El Servicio de Libertad Condicional consideró las posibilidades de rehabilitación y los factores de riesgo en la condición del acusado 2, incluyendo su historial penal; la gravedad de sus acciones, su duración y la sofisticación implicada; la dificultad para asumir la responsabilidad; dificultades para regular; patrones marginales, impulsivos, fraudulentos y adictivos; dificultades para examinar en profundidad su comportamiento problemático; dificultades para expresar empatía; y negar la necesidad de tratamiento.  La impresión es que la capacidad del Demandado 2 para beneficiarse de un proceso terapéutico es baja, y es dudoso que esto reduzca el riesgo en su estado.  Por lo tanto, el Servicio de Libertad Condicional no hizo una recomendación rehabilitadora-terapéutica en su caso y determinó que era necesario un castigo concreto y disuasorio, lo que estableciera un límite claro a su comportamiento de violación de límites como medio para reducir el riesgo de que se repita.

  1. En el informe del Demandado 3 fechado el 10 de octubre de 2024, elaborado tras revisar documentos médicos, se detallaron las circunstancias y características de su vida. Se señaló que el acusado 3 no tenía antecedentes penales y que tenía 35 años, estaba casado y era padre de dos menores, y que uno de sus hijos tenía una condición médica compleja.  También detalló la compleja condición médica del demandado 3, quien afirmó que en los últimos años ha sufrido una morbilidad aumentada (presentó un certificado médico) y afirmó que su condición de salud le dificulta llevar un estilo de vida normal.  En el contexto de la comisión de los delitos, el Demandado 3 describió un conocimiento previo del Demandado 2, quien se le acercó y le ofreció trabajar con él y con el Acusado 1, a quien no conocía.  Según él, en poco tiempo se dio cuenta de que la empresa no estaba supervisada y que su conducta general era inapropiada, pero decidió hacer la vista gorda y continuar su trabajo por el deseo de aumentar sus ingresos, esperando que eso pudiera llevar a la calma en su relación con su esposa.  Esto fue hasta que fue desestimado por el Demandado 1.  El acusado 3 declaró que se sentía explotado por los acusados 1-2, y que al servicio de libertad condicional le costaba examinar su decisión de trabajar con ellos, y a pesar de asumir la responsabilidad, tendía a minimizar la gravedad de sus acciones, estaba preocupado principalmente por los precios que pagaba y le costaba reconocer el daño a las víctimas del delito.

Según el acusado 3, tras ser arrestado e interrogado, eligió una carrera diferente y dejó de trabajar en el sector de las ventas, ya que este sector se basa en comisiones y, en su opinión, su deseo de aumentar sus ingresos le lleva a conductas ilegales.  El Servicio de Libertad Condicional entiende que el acusado 3 reconoce los factores externos que subyacen a su comportamiento, pero le resulta difícil examinar los factores internos y sus patrones profundamente arraigados.  La impresión es que el Demandado 3 se caracteriza por patrones fraudulentos de comportamiento y solo logra reconocer parcialmente sus patrones obstructivos.  También se señaló que el Demandado 3 no buscó un tratamiento específico en el ámbito del fraude, a pesar de la recomendación de su abogado defensor, y eligió actuar solo, pero expresó su disposición a cooperar siempre que el Servicio de Libertad Condicional recomendara su derivación para tratamiento.  La impresión es que esto es solo corrección verbal por deseo de mejorar su situación legal, y no por reconocimiento de la necesidad de tratamiento.

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