Casos legales

Tefek (Tel Aviv) 31664-11-22 Estado de Israel contra Gol Shorosh - parte 4

June 5, 2025
Impresión

Según el Servicio de Libertad Condicional, el acusado 3 lidió a lo largo de los años con una compleja condición médica que le llevó a sentirse rechazado y aislado.  Su baja autoestima le llevó a tomar acciones que le ayudaran a sentir un mayor sentido de autoestima, y cometió las ofensas por ello, para sentir amistad y ser un factor significativo para los demás.  Como factores de riesgo, se señalaron la gravedad de sus acciones y sus dificultades para reconocer los factores internos que las subyacen; sus dificultades para sentir empatía por las víctimas de los delitos; su tendencia a minimizar la gravedad de sus acciones, así como su sensación de que los demás acusados le estaban explotando; De manera similar, el proceso penal se oculta a su mujer cuando se evidencian patrones de ocultación y oscuridad.  Además, se tuvo en cuenta la baja autoestima; las condiciones para su crecimiento; y la condición médica de su hijo, que le dificulta gestionar un horario adecuado y constante.  Como factores de azar, se consideraban ciertas responsabilidades; falta de antecedentes penales; y cambiando su campo de negocio de una manera que reduzca las tentaciones económicas a las que antes estaba expuesto.

A la luz de lo anterior, el Servicio de Libertad Condicional tiene la impresión de que las condiciones para un procedimiento terapéutico significativo que pueda reducir el riesgo en la condición del Demandado 3 no son maduras, y su recomendación es imponer un castigo concreto que establezca un límite, teniendo en cuenta su estado de salud y el de su hijo.

Pruebas y pruebas de castigo

  1. En nombre del acusador se presentaron D/4 (documento IPS relativo al tratamiento médico) y D/9 (antecedentes penales de los acusados 1 y 2); en nombre del acusado 1 - D/6 (documentos del procedimiento de insolvencia), D/7 (recibos de nómina de la esposa del demandado 1) y D/8 (documentos relacionados con los hijos del demandado 1). en nombre del Demandado 2 - D/10 (opinión psiquiátrica en el caso del Demandado 2 por el Psiquiatra del Distrito en un caso anterior); En nombre del Demandado 3, el Dr .  Michael Lubin (en adelante:   Lubin) y la Sra.  Osnat Guy (en adelante: Sra.  Guy) declararon que sus opiniones fueron presentadas (D/3 y D/5).  Además, D/1 (documentos médicos en el caso del demandado 3), D/2 (documentos médicos relativos a su hijo menor); y D/11 (documentos del procedimiento de insolvencia).
  2. En Da/3, la opinión elaborada por el Dr. Daniel Lubin, pediatra y prematuro, que era médico en la UCIN en el momento del nacimiento del demandado 3, detallaba una cirugía compleja que se sometió poco después de su nacimiento siendo prematuro, y las hospitalizaciones que sufrió a una edad temprana debido a su condición médica, que no se detallarán en detalle por razones de privacidad, así como por las restricciones en la absorción económica debido a su estado.  Según la opinión, la enfermedad del Demandado 3 "constituye un peligro que amenaza su salud en cualquier momento", y se estima que "existe un peligro para su salud si se ve obligado a hacer un cambio real en su estilo de vida." En su testimonio, el Dr.  Lubin afirmó que el Demandado 3 está limitado en ciertos aspectos, especialmente en lo que respecta a la nutrición y las situaciones estresantes que le afectan.  Según él, aunque el acusado 3 "vive como una persona sana", cualquier cambio en su estilo de vida podría ponerle en peligro.

En su contrainterrogatorio, el Dr.  Lubin respondió que no realizó personalmente un examen físico al acusado 3, sino que se basó en una breve conversación "medio minuto, le hice dos preguntas" y en documentos médicos fechados como muy tarde en 2022.  Según él, pidió documentos médicos actualizados y no hubo hospitalizaciones, solo unas pocas llamadas a MDA debido a un mal presentimiento.  Cuando le preguntaron sobre su conocimiento del sistema médico IPS, que emplea dietistas clínicos, dijo: "Tienen de todo.  Sé que emplean un sistema médico grande, pero esto supone un riesgo médico muy grande." Cuando el abogado del acusador presentó al Dr.  Lubin documentos que afirmaban que el IPS estaba preparado para tratar a presos con una condición médica compleja (D/4), él respondió que era un documento general y añadió: "Creo que no es deseable llegar a una situación en la que quieran tratarlo...Es difícil encontrar una obstrucción intestinal.  Estas son cosas que pueden salir muy mal."

  1. En el caso Da/5, una opinión elaborada por la Sra. Osnat Guy, trabajadora social que desempeñó durante unos 25 años diversos cargos en el ámbito de la atención en el IPS hasta su jubilación, detalló las circunstancias de la vida del acusado 3 y su historial general y médico.  Según la opinión, el acusado 3 cooperó plenamente, compartió su mundo interior, su pensamiento fue coherente y mostró perspicacia y conciencia sobre la comisión de los delitos y la base de sus cometidos.  Al mismo tiempo, se observó que había dificultades para abordar y ampliar todo lo relacionado con el ámbito emocional.  La conclusión es que el Demandado 3 tiene la capacidad de adaptarse y estabilizarse parcialmente en diversos marcos, y en los ámbitos matrimonial y familiar existe estabilidad junto a conflictos que están "mal gestionados".  Se señaló que existía una gran necesidad por parte del Demandado 3 de aceptar y aprobar el medio ambiente, que tenía características narcisistas.  Además, el Demandado 3 tiene una tendencia a la impulsividad y un enfoque externo de control.  Aunque no le impresionó un fracaso empático, la señora Guy señaló que en el momento de cometer los delitos, el acusado 3 estaba centrado en sí mismo y en su éxito financiero y no podía pensar en las consecuencias de sus actos para las víctimas.  Ella se siente impresionada por la vergüenza y el remordimiento por sus acciones, la conciencia de sus malas decisiones y la motivación para funcionar correctamente.

En cuanto a lo detallado en la acusación en sus hechos, se observó que el Demandado 3 afirmó que TradePro le fue presentada de una manera diferente a la que descubrió después (que no estaba regulada por reguladores) y que afirmaba creer que los clientes que reclutaba disfrutarían de mejores condiciones de negociación, pero incluso después de descubrir la conducta real, continuó actuando como lo hizo debido a distorsiones significativas de pensamiento.  Se observó que el demandado 3 declaró que al principio del compromiso ni siquiera se le informó que la pérdida de clientes en el ámbito comercial le llevaría a su beneficio personal, pero después de entenderlo, continuó actuando de la misma manera.  Según él, "Puede que me haya deslumbrado el dinero y el potencial.  No planeaba doler, fue la verdad" y más: "El deseo de demostrarlo a mi mujer, el deseo de triunfar donde mi padre fracasó, el deseo de aumentar mi confianza." Se señaló que el acusado 3 dijo que intentaba ganar "estatus" y que fue arrastrado por el éxito financiero, y que "bajo esta necesidad se esconde un miedo constante a la decepción con él." Según la Sra.  Guy, la base para cometer los delitos proviene de privaciones emocionales derivadas de las circunstancias de la vida del acusado 3, y hoy en día es capaz de identificar, señalar y refutar distorsiones de pensamiento en el momento de los delitos.

Parte previa1234
5...9Próxima parte