En segundo lugar, la actividad que llevó a cabo se llevó a cabo en una plataforma de negociación supervisada por las autoridades australianas, y la actividad se llevó a cabo de forma transparente, clara y abierta, sin intención de defraudar; y que no engañó a los titulares de cuentas, y si hubiera tenido tal intención, habría tomado el dinero de sus clientes, lo cual no se afirma que se haya hecho.
En tercer lugar, el acusado nunca imaginó que su actividad fuera contraria a la ley, ni recibió ninguna indicación de la INA ni de ningún otro organismo regulador de que existiera algún problema con su actividad, aunque la actividad fuera abierta y conocida por todos.
Cuarto, las sumas que el acusado ganó como resultado de su actividad fueron insignificantes. Por la ayuda para abrir la cuenta, instalar el robot y asistir en su funcionamiento, la titular de la cuenta le pagó una suma de 100 dólares estadounidenses y por cada cliente que ella traía, Preston recibía 100 dólares. Además, se suponía que el demandado debía recibir un cierto porcentaje de los beneficios de las cuentas, pero en la práctica la mayoría de las cuentas no generaban beneficios, y en las cuentas que ganaba la cantidad que recibía era pequeña. Por lo tanto, tratamos asuntos triviales. El acusado además afirmó que "puede que hubiera errores y fallos" en sus acciones y que sus acciones fueron por "estupidez", como él mismo dijo, pero que fueron a pequeña escala que no justificaban la presentación de la acusación y ciertamente no constituían fraude ni malicia.
Quinto, en relación con los delitos relacionados con la gestión de casos sin licencia, el demandado alegó que no existía gestión de casos en su actividad y que no sabía ni imaginaba que la actividad que realizaba era en forma de gestión de cartera; esto se evidencia en el hecho de que publicitó su actividad y ninguna parte le advirtió que había un problema en su actividad o que debía pararla. Según el acusado, la primera vez que recibió una notificación de la NRA fue cuando fue detenido para interrogatorio después de que los interrogadores se identificaran como clientes.