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Caso Civil (Haifa) 4895-03-22 Diamond Star Construction and Development Company Ltd. contra Hollander Stern Construction Company Ltd. - parte 3

December 23, 2024
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2.11.1.     La parte A pagará 2.168.000 NIS

2.11.2.     La segunda parte pagará 7.500.000 NIS

2.11.3.     Tercero ILS 1.750.000

2.11.4.     D.  ILS 1.250.000

  1. El acuerdo fiduciario no especificaba la fecha para el pago del saldo de la contraprestación a la sociedad, pero todas las partes confirmaron que habían leído los términos del contrato de compra y los beneficiarios declararon que "[...] Los consideraron buenos y valiosos en todos los aspectos, y en consecuencia piden un (El acusado - R.S.) firmar el contrato de compraventa por ellos" (p. 3 del acuerdo, antes de la cláusula 3).  Los términos del contrato de compra incluyen, como se ha indicado anteriormente, las fechas de pago.
  2. Según el demandante, se acordó que la contraprestación restante podría ser pagada por las partes con la ayuda de un préstamo que recibirían de un banco financiador. El demandante se refiere a la cláusula 2.12 del acuerdo de fideicomiso instruccional:

Las partes actuarán para proporcionar financiación bancaria para el pago de los ingresos de la venta o parte de ellos acordados con el banco financiador, con cada una de las partes garantizando al banco el pago de la deuda y el cumplimiento de sus obligaciones conforme a los requisitos del banco financiador y su parte proporcional de las comisiones e intereses del banco y cualquier otro pago o gasto.

  1. Según Danny Kochav, el gerente del demandante, el demandante buscó actuar conforme a esta disposición y financiar la compra de las acciones restantes de la empresa mediante financiación bancaria (artículo 11 del artículo 2 de la empresa). Según él, para recibir la financiación, las partes debían llegar a acuerdos "[...] En relación con la cantidad exacta, los plazos de pago, los costes y los requisitos adicionales de la entidad financiadora [...]".  Estos acuerdos solo podían alcanzarse tras recibir los detalles de los requisitos de la entidad financiadora.
  2. Resulta que, en la práctica, no se alcanzaron acuerdos entre las partes para obtener financiación bancaria. Testimonio de Haim Hollander, la demandante no actuó para obtener financiación bancaria para el pago del saldo de la contraprestación a la sociedad por todas las partes, sino que intentó, sin éxito, obtener financiación bancaria solo para el pago de su parte (la suma de 7.500.000 NIS) (N/3, párrafo 31).  Hollander testificó que Shuki Hazan, que era socio del demandante en ese momento (p.  15), solicitó un préstamo para financiar la parte del demandante en la compra (p.  54).  Según él, Shuki Hazan le pidió que le acompañara a la sucursal del Banco Leumi Le-Israel en un recurso fiscal para obtener un préstamo, para el demandante, por la suma de 8 millones de ILS (ibid., línea 28).

Según él, la gerente de la sucursal (Sucursal 898) declaró que no estaba dispuesta a conceder ningún préstamo a la familia Kochav (propietaria del demandante), y que aceptaría conceder a Shuki Hazan un préstamo con su garantía exclusiva y con la condición de que transfiriera su actividad comercial al banco (ibid.).  Como estos términos no eran aceptables para Shuki Hazan, el préstamo no fue aceptado.

  1. Danny Kochav confirmó en su testimonio que él personalmente no hizo nada para obtener el préstamo y financiar la compra (p. 16, línea 21).  Según él, ni siquiera llamó al banco (ibid., línea 23).  También declaró que Shuki Hazan contactó con la sucursal del Banco Leumi en Kryon (sucursal 898), ya que Danny Kochav llevaba a cabo su negocio en esta sucursal (ibid., línea 8).  Danny Kochav no sabía si la versión según la cual el banco se negó a conceder un préstamo al demandante era correcta, pero enfatizó que sus cuentas se gestionaban en esta sucursal, y no había cuentas de Shuki Hazan ni del demandado (ibid.).  Danny Kochav añadió que "Cada uno puede contar su historia, se cuente o no." (ibid., líneas 18, 19).
  2. En cualquier caso, aclararemos en este punto que Shuki Hazan no fue citado para testificar por el demandante, sino solo por el demandado (Solicitud nº 9). Al final del día, el testigo no compareció y el acusado renunció a su citación (p.  62, línea 5).  El director de la sucursal bancaria tampoco fue citado para testificar.
  3. En ausencia de pago por parte del demandante o de Oshri Shlosh, el demandado acudió al banco Leumi Le-Israel y solicitó un préstamo (artículo 34 de N/3). La solicitud se presentó en nombre de la empresa Nof HaMitzr.  El 14 de febrero de 2021, la Compañía recibió un crédito por un importe de ILS 14.000.000 (Apéndice 4.1 a N/3).  Para asegurar la recepción del crédito, Haim Hollander y Ofer Stern firmaron garantías personales (Apéndices 4.3 y 44 N/3).  El demandado también firmó como garante para el reembolso del préstamo y puso en garantía sus acciones de la sociedad (Apéndice 4.2; p.  57, línea 4).  De estos fondos, el demandado pagó la totalidad del saldo a la sociedad.  El demandado también pagó el impuesto completo sobre la compra de las acciones (Apéndice 3.2 a N/3).
  4. Los reembolsos del préstamo son pagados por la propia demandada o a través de sus accionistas mayoritarios, Haim Hollander y Ofer Stern (N/3, sección 35, N/2, párrafo 16, testimonio de Haim Hollander, p. 56).  Según ellos, pagaban cada año como reembolso del préstamo, un total de unos 700.000 ILS.  Estos son solo pagos de intereses (p.  56, línea 11).
  5. No hay disputa en que la demandante aún no ha pagado ningún pago por la compra de las acciones para ella, no pagó su parte del impuesto de compra ni pagó ningún pago por el reembolso del préstamo que Nof HaMitzr recibió del banco (testimonio de Danny Kochav en la p. 18).
  6. Además, afirmaremos que en 2021 la demandante y Shuki Hazan se separaron y ya no son socios (pp. 15, 16 y 22).  Por lo tanto, Danny Kochav y Ronen Kochav, que testificaron en nombre del demandante, no supieron cómo proporcionar detalles precisos sobre las acciones de Shuki Hazan al recaudar fondos para la compra de las acciones (pp.  20, líneas 28, 29).
  7. Tras aceptar el préstamo y pagar el saldo de la contraprestación a la sociedad, el demandado se acercó y exigió que el demandante y los demás beneficiarios pagaran su parte del coste de compra (sección 43 del L/3). El 4 de mayo de 2021, Haim Hollander envió una carta dirigida al demandante, Linon y Oshri Chelouche, en la que hacía referencia a varios proyectos conjuntos de las partes, incluyendo la compra de acciones de Nof HaMitzr (Apéndice 5.1 a N/3).  En el párrafo 5 de la carta, afirma:

Proyecto de paisaje de la Fortaleza de Atlit:

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