Honorable Registrador: ¿En qué meses no se pagó el alquiler?
Abogado Grady: Afirmo que no se pagaron, que el alquiler no se pagó desde el principio, desde enero en adelante, no...
Honorable Registrador: 22 de enero
Abogado Grady: A partir de 22. En otras palabras, y su nombre, y no lo tenemos, no tenemos referencia a lo que el demandado alegó que supuestamente pagó. Aparte de eso...
Honorable Registrador: Los cheques de enero a marzo y no de abril no se presentaron para el pago aquí.
Abogado Grady: 100% señora, ya que, desde que no hay disputa sobre los próximos meses que tampoco se pagaron, así que no queremos reclamarlo todo de golpe, exigimos 3 cheques...
Honorable Registrador: ¿Así que ingresaré los cheques de abril pero no ingresaré enero y febrero?
Abogado Grady: Primero que nada, primero que nada
Honorable Registrador: ¿De verdad?
Abogado Grady: Tengo el cheque de seguridad, en cuanto se deposita, ponemos todos los cheques que dependen de él..."
Encuentro que hay al menos un atisbo de mala fe en estas acusaciones a la vista de todo lo anterior en este capítulo.
En cuanto a las deudas alegadas respecto a diversas cuentas a las distintas autoridades
- El artículo 25J(c)(3) de la Ley de Alquiler permite la realización de una garantía si el inquilino no ha pagado pagos regulares de los que es responsable, como impuestos municipales, agua y electricidad.
- En este sentido, aparte de las afirmaciones orales de Shiner de que Vitaly seguía obligado a realizar pagos regulares, no se adjuntó ninguna prueba que lo respaldara: ni en los escritos ni en los apéndices de la declaración de demanda o en la declaración jurada de Shiner, ni en el marco de la audiencia, aunque se le dio la oportunidad de presentar pruebas al respecto para fortalecer su reclamación.
- La carga de probar una deuda por los pagos corrientes recae en el demandante, y dado que esto no se ha levantado, no hay razón para determinar que Vitaly sigue endeudado por dinero. Esto se debe sin duda a la luz de que todas las cuentas permanecieron a nombre de Shiner, como se refleja en el material de pruebas (y la razón de esto no es relevante en su caso, sino el hecho mismo de que así se comportaron las partes), y por tanto la información en este asunto está bajo su control, y también a la luz de la afirmación de Vitaly de que las supuestas deudas se pagaron a Shiner en efectivo, y aunque no presentó ninguna prueba al respecto, la carga de probar la cantidad de la deuda sigue recayendo en los hombros del demandante bajo la presunción de 'quien saca la prueba de su amigo'.
- Ciertamente, Scheiner nocumplió con la carga de demostrar la extensión de la supuesta deuda respecto a los cargos continuos que se aplican a Vitaly como propietario del apartamento o de su propia existencia, pero por otro lado, es imposible ignorar la admisión de Vitaly de que no pagó algunos de los pagos actuales. Estas cosas no han pasado desapercibidas para mí, pero en ausencia de una base probatoria suficiente que permita determinar el alcance de la deuda, el tribunal no tiene base para conceder ninguna cantidad a favor de Shiner. Por lo tanto, determino que este componente no ha sido probado en la medida requerida para realizar la garantía.
- Más de lo necesario, señalaré que incluso la forma de realizar la garantía debe cumplir las condiciones establecidas en el artículo 25J de la Ley de Arrendamiento, y en particular las disposiciones de los artículos 25J(d) y (e) (que tampoco pueden estipularse) que exigen al arrendador advertir al inquilino de su intención de ejercer una garantía que le haya concedido. No consideré que Shiner actuara pararealizar la garantía conforme a estas disposiciones legales, mientras que Shiner actuó para realizarla sin notificar legalmente al inquilino, o al menos no se presentó ninguna prueba de ello ante mí.
- En este sentido, cabe señalar que, según Vitaly, pagó a Shiner una suma de 3.400 NIS en efectivo por diversos gastos continuos cerca de la fecha de salida del apartamento. Al principio, Vitaly afirmó que Artyom era testigo del asunto, luego afirmó que lo sabía e incluso en un momento dado afirmó que estaba en la línea telefónica en el momento de la transferencia de dicha suma. No hay base para estas afirmaciones. El testimonio de Artyom sobre este asunto también fue incoherente, y me referiré a las páginas 35, líneas 23-29, que contradice el párrafo 11 de su declaración jurada (en este sentido, también me referiré a las páginas 36, líneas 2-5, de donde parece que la memoria de Artyom plantea preguntas, y no añadiré más detalles).
Shiner niega que le hayan dado alguna cantidad en efectivo. En estas circunstancias, determino que no tengo una base suficiente para establecer conclusiones respecto a esta afirmación. Por lo tanto , no abordaré los argumentos de las partes respecto a dicha suma: si se concedió por lo proporcionado, cómo se considera, si fue suficiente para cerrar la deuda respecto a los pagos corrientes y los demás argumentos planteados por las partes en la audiencia probatoria en este asunto.
- De todo lo anterior, se deduce que el Sr. Shiner no tenía derecho a reembolsar el cheque de garantía salvo por la multa prevista en la cláusula 12.2(b) del acuerdo, por la suma de 7.500 NIS. Rechazo las reclamaciones de Shiner por deudas adicionales por daños causados al apartamento, por alquiler o por facturas actuales que no se pagaron conforme a todo lo anterior.
Conclusión