La reclamación de sentencia declaratoria también fue aceptada, en una sentencia del 26 de marzo de 2024 (Caso de Familia 30724-01-22).
Esta sentencia es objeto de la apelación que tenemos ante nosotros.
La demanda de sentencia declaratoria se basaba en las disposiciones de los artículos 15.9-15.19 del acuerdo prenupcial:
La cláusula 15.9 del acuerdo prenupcial establece que "durante el primer año desde la fecha de firma de este acuerdo, el hombre se compromete a comprar, a su propio cargo y fuentes independientes (incluyendo mediante un préstamo hipotecario que se reembolsará íntegramente con fuentes independientes del hombre), un apartamento por una contraprestación no inferior a un total de 1.900.000 ILS (un millón novecientos mil) nuevos shekels (en adelante: el apartamento de inversión)."
En la cláusula 15.10, las partes determinaron que el demandado tendría derecho a derechos sobre el apartamento de inversión, de manera gradual a lo largo de los años (dentro de 4 años "desde el inicio de la vida conjunta" - 1/3; Al cabo de 7 años "desde el inicio de la vida conjunta" - 2/3; al final de 10 años "desde el inicio de la vida conjunta" - plenos derechos).
En la cláusula 15.11, las partes regularon los derechos del demandado sobre el apartamento de inversión en caso de separación durante los 10 años "desde la fecha de firma de este acuerdo", incluyendo el primer derecho a comprar la propiedad restante del apartamento que estará disponible para el demandado en caso de separación dentro de cuatro años desde la fecha de firma del acuerdo.
En la cláusula 15.12, las partes acordaron que el precio del apartamento de inversión en cada etapa incluye una hipoteca a un tipo que no exceda ILS 1 millón, y que cualquier distribución de pago del valor del apartamento según el mecanismo determinado incluirá la parte relativa de la hipoteca tal y como sea correcta en ese momento.
En la cláusula 15.13, las partes determinaron que si el demandado no deseaba ejercer el derecho de la primera, este pasaría a cualquiera.