Casos legales

Caso Civil (Tel Aviv) 62482-12-19 Toby Peretz contra Adi Leibowitz - parte 20

March 18, 2025
Impresión

Esta conducta del demandante refuerza mi conclusión de que no hubo sociedad entre el demandante y el demandado 1, ya que existe la presunción de que las partes cuyos informes a las autoridades fiscales reflejan la situación legal (y comparar: el caso Bryce, párrafo 100); Solicitudes Diversas Civil (Distrito de Tel Aviv) 18254/07 Abogado Kobi Shaked en calidad de fideicomisario de los bienes del deudor contra Rotman, párrafo 11 (12 de enero de 2009)).

  1. El demandante afirma que el interrogatorio del demandado 1 con el tasador de impuestos revela su admisión de sociedad y se refiere a la transcripción de su testimonio del 18 de enero de 2015 (párrafo 87 de la réplica y Apéndice 2).

Primero, señalaré que, hasta donde yo sé, este documento no fue presentado como prueba, y su anexo a la declaración de reclamaciones no se convierte en prueba.  Segundo, y al menos, me referiré al pasaje relevante:

"P.  ¿Tú y Toby Peretz os separasteis como socios comerciales?

  1. Durante 2013, comenzamos el proceso de separación de nuestras participaciones conjuntas. Un proceso complejo que, al final de las participaciones de Toby Bowden, se diluyó del 49% al 4%...  Toby sigue en sus propiedades en Oden Properties.....
  2. ¿Por qué rompisteis tú y Toby Peretz?
  3. ... Porque la actividad logística que Toby concentraba se ha convertido en un peso específico en el negocio.  No tenía sentido continuar la colaboración.

Un examen de las preguntas y respuestas muestra que el acusado 1, que no es abogado, no se refería a "sociedad" en el sentido de la Ordenanza, sino que habló de la falta de razón para "continuar la sociedad" en las participaciones conjuntas de las sociedades, como dijo explícitamente en su testimonio anterior.

  1. En el párrafo 59 de su resumen, el demandante argumentó que la cuestión de la tributación puede tener un impacto en el nivel probatorio, pero la forma en que las partes declararon sus beneficios no tiene efecto derivado", como él mismo dijo, sobre la determinación de si existía una sociedad. No acepto este argumento.  La forma en que las partes informan es una indicación directa de cómo ven la conducción de sus negocios y, por tanto, influye en la conclusión legal.

Expresé mi opinión sobre el caso Gilboa, al que el demandante se refirió en sus resúmenes, donde se discutió la importancia de una declaración ante las autoridades fiscales sobre la existencia de una sociedad, que una de las partes posteriormente negó.  El tribunal aceptó el argumento de que la declaración de la sociedad tenía únicamente la intención de reducir la responsabilidad fiscal y, junto con las demás circunstancias en ese asunto que no indicaban la gestión de una sociedad, no la consideraba una prueba concluyente de la existencia de una sociedad.  En nuestro caso, la situación es bastante diferente: la forma de informar a las autoridades fiscales, que no incluía la tributación de una sociedad, es coherente con otras indicaciones y pruebas que no establecen una sociedad, como se ha mencionado anteriormente.

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