En un artículo entre paréntesis, señalaré que las sumas indicadas en el correo electrónico también plantean preguntas reales sobre cómo el demandante afirma ahora que el demandado 1 le debe muchos millones de shekels.
- Tercera prueba: Un respaldo adicional para el hecho de que la reclamación de la sociedad es un argumento que se planteó retroactivamente para los fines de esta demanda puede encontrarse en la declaración de defensa (N/16) presentada por el demandante en 2023 en nombre de Tov Gal en la demanda de Adi Leibowitz Holdings Ltd. Oden Properties fue añadida como demandado adicional. En esta declaración de defensa, el demandante afirma que la demanda fue presentada por un "accionista mayoritario de la empresa (es decir, Oden Properties) contra otro accionista" (párrafo 4 de la declaración de defensa), mientras plantea reclamaciones sobre la discriminación de un accionista minoritario en Oden Properties (sección 9). El uso de estos términos, en lugar de plantear reclamaciones sobre la existencia de una sociedad, refuerza mis conclusiones. El demandante declaró que también se veía a sí mismo como socio del demandado 1 en Uden Properties a pesar de la tenencia a través de sociedades (p. 117 de la transcripción, párrafos 14-16), a pesar de la redacción de esta declaración de defensa.
- Cuarta prueba: El demandante, a través del abogado Fried, solicitó al Registrador de Sociedades la liquidación voluntaria de Odan Services (P/20; p. 133 de las actas, párrafos 25-34), lo que indica que la consideraba una sociedad en un recurso fiscal y no como parte de una sociedad, y sin importar si fue con el consentimiento del demandado 1, como él afirmaba (p. 134 de las actas).
- Quinta prueba: La conducta de las partes en el marco de una estructura corporativa de sociedades en un recurso fiscal también surge de una serie de documentos presentados. Solo daré ejemplos de los detalles del párrafo 45 de los resúmenes de los demandados: Protocolo de Derechos de Firma en M. Schneider (P/2); Protocolo de Derechos de Firma de los Servicios Odan (N/21); la tarjeta contable de Odan Development (Apéndice 32 a la declaración jurada del demandado 1); varios documentos de la empresa que supuestamente están incluidos en la sociedad en los archivos del Registro de Sociedades (Apéndices 7-9 a la declaración jurada del demandado 1); Aviso de Transferencia de Acciones de Paran Law Firm en P.L. Servicios de Personal (P/9).
- Sexta evidencia: El testimonio del acusado 1 fue coherente y, combinado con todas las pruebas y circunstancias que apoyan la ausencia de una sociedad, y una impresión no mediada de ello, conduce a su plena aceptación.
E9 Testimonio del abogado Hayek
- El abogado Hayek declaró que en 2000 fue abordado por el demandado 1, a quien ya conocía, y le pidió ayuda para establecer una empresa en la que él y el demandante serían accionistas, cuyas acciones serían poseídas por una empresa que se registraría en Gibraltar, y así lo hizo. El nombre de la empresa israelí fue posteriormente cambiado a Odan Services (los documentos de las empresas se adjuntaron como Apéndices 1-4 a su declaración jurada). En 2005, se le pidió que fundara Adgar (anteriormente Recido), cuyas acciones estaban en fideicomiso en un bufete de abogados en el que el abogado Hayek era socio (Apéndices 5-6).
El abogado Hayek afirmó que en todas las reuniones con el demandante y el demandado 1, nunca mencionaron una sociedad ni la intención de hacerlo, y no se comportaron como socios. Ambos tenían una participación definida en las acciones, se nombraron cargos y firmantes autorizados, se celebraron reuniones de junta, se celebraron juntas de accionistas y se presentaron informes, se redactaron acuerdos para la transferencia de acciones, etc. Según su entendimiento, las partes tampoco creían que actuaran como socios en el sentido legal del término.
- Cuando le preguntaron por su versión, respondió que "la respuesta es muy sencilla, porque una empresa y una sociedad, como sabes como abogado, son dos corporaciones completamente diferentes, quien venga y pida una sociedad, no se establece una empresa para él porque las normas sobre una empresa son completamente distintas" (p. 266 de la transcripción, párrafos 2-4).
Y más adelante: "... Así que es muy fácil cuando alguien viene y dice: 'Estoy pidiendo una empresa, esto es una empresa', no puedes confundir una sociedad con una empresa" (ibid., párrafos 13-14).