Casos legales

Caso Civil (Tel Aviv) 22538-09-22 Shach- Maor Management and Investment Company Ltd. vs. Shlomi Netzach Gazit - parte 22

May 24, 2026
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"No tengo intención de discutir contigo.  El aviso enviado no forma parte de la disputa que se está debatiendo en el tribunal en la reclamación de tu cliente por eliminación de discriminación (denegada).  Mi respuesta sigue siendo la misma" [ibid., p.  125].

Aunque no se dio ninguna explicación sobre por qué Maor no actuó para corregir el "defecto" en la presentación de su notificación, el intento del demandado de evitar ejercer la opción debido a la estricta adhesión al lenguaje del acuerdo va en contra del propósito de la cláusula: permitir al demandante una "salida" al final del periodo de consolidación.  La insistencia de Gazit y su abogado en no recibir el aviso de realización que no está conforme al lenguaje del acuerdo es, como poco, difícil, mientras él mismo utiliza conversaciones de WhatsApp para implementar las disposiciones del acuerdo y entregar mensajes [véase la correspondencia de las partes del 28 al 29 de julio de 2021, relativa a la solicitud del demandado para asumir la financiación de los gastos legales bajo el acuerdo].  De hecho, se ha perfeccionado, mediante la conducta, un intercambio de mensajes que no está de acuerdo con la forma establecida en el acuerdo, y esto puede considerarse un acuerdo implícito para implementar sus disposiciones de esta manera.  Como resultado, es difícil apegarse al lenguaje del acuerdo y determinar que la capacidad del demandante para ejercer la cláusula de opción ha expirado.

  1. En cuanto a la reclamación del demandado sobre la pérdida del derecho a la opción debido al incumplimiento del acuerdo por parte del demandante: el demandado no presentó un argumento legal fundamentado que afirme que el demandante no tenga derecho a la opción o que le exima de sus obligaciones al ejercer la opción. No está claro por qué existe una conexión entre la "cooperación" del demandante con los accionistas mayoritarios del demandado 2, la financiación de los gastos de la empresa y el ejercicio de la cláusula de opción.  El demandado no demostró, ni siquiera de forma básica, por qué era posible evitar ejercer la opción, y sus argumentos no estaban respaldados ni por los hechos ni por la base legal.  El demandado no presentó una reclamación sobre incumplimientos fundamentales del acuerdo, la existencia de obligaciones interrelacionadas ni ninguna ley relevante al respecto.  Incluso si existe la preocupación de que Maor actuó de mala fe al asociarse con los accionistas mayoritarios del demandado 2, aunque solo fuera con el propósito de intentar vender su parte, el demandado no estableció en absoluto los motivos por los que tiene derecho a negarse a ejercer la opción por este motivo.  Por el contrario, la lógica del asunto puede llevar a pensar que es precisamente la exigencia del ejercicio de la opción por su parte lo que impedirá que Maor siga actuando como reclama el demandado, contra la empresa y contra el recurso que presentó.
  2. Los argumentos del demandado, que se presentaron sin fundamento, no están exentos de dificultades materiales si se llama a su contenido lo que no hay en ellos. Por regla general, es común distinguir entre cargas independientes, cargas condicionales y cargas entrelazadas o paralelas [véase: Gabriela Shalev y Effi Zemach Contract Law 575-76 (Cuarta Edición, 2019) (en adelante: "Shalev y Planta")].  El incumplimiento de una obligación contractual puede conllevar diversas consecuencias legales conforme a dicha clasificación, lo que está de acuerdo con las disposiciones establecidas en el artículo 43 de la Ley de Contratos.
  3. La cuestión de la clasificación de una obligación contractual particular es una cuestión interpretativa, que requiere una decisión conforme a las normas habituales de interpretación y que se centra ante todo en el lenguaje del contrato [véase: Civil Appeal 8316/21 Edeltech Holdings (2006) en Tax Appeal contra Amos Luzon Development and Energy Group Ltd., en el párrafo 27 de la sentencia del juez G. Kanfi-Steinitz (Nevo, 14 de agosto de 2024) (en adelante: " el caso Luzón")].  Además, debe ejercerse precaución respecto a la interpretación de una obligación contractual como condicional o combinada cuando el lenguaje del contrato no respalda esta interpretación [véase: ibid.; Apelación Civil 1258/14   Magen International Entrepreneurship and Investments in Tax Appeal contra el Ayuntamiento de Ramat Gan, en el párrafo 3 de la sentencia del juez E.  Hayut (Nevo, 3 de septiembre de 2015).  En la medida en que una parte desee condicionar una determinada obligación como se ha mencionado anteriormente, debe hacerlo explícitamente y dejar claro que esa es su intención [véase: ibid.; Apelación Civil 765/82 Moshe Alter contra Yehezkel Elani, 38(2) 701, en el párrafo 9 de la sentencia del presidente M.  Shamgar (1984)].  Junto a la interpretación del lenguaje del contrato, hay margen para examinar las circunstancias del asunto, las prácticas comerciales y el propósito del contrato en cuestión [Shalev y Tzemach, en la p.  579].
  4. El principio de buena fe en el derecho contractual rige e influye en la clasificación de las obligaciones contractuales. En ciertas situaciones, el tribunal reconoció que el principio de buena fe puede convertir una obligación independiente en una obligación interconectada, lo que a veces permite al deudor suspender el cumplimiento de su obligación hasta que el acreedor demuestre disposición a cumplir con la contraobligación [Shalev y Tzemach, en la p.  580; Apelación Civil 701/79 Edna Shochat (Nissim) contra Yoel Lubyanker, 36(2) 113, en el párrafo 78 de la sentencia del juez M.  Ben-Porat (1981)].  En otras palabras, una parte que actuó de mala fe al cumplir con la obligación puede influir en la naturaleza de la obligación y sus consecuencias.
  5. En nuestro caso, las indicaciones indican que la cláusula de opción es una obligación independiente, que debe cumplirse independientemente de la existencia o no de obligaciones por parte de la otra parte.

El lenguaje de la cláusula en particular, y el lenguaje del acuerdo en general, no atestiguan la intención de las partes de condicionar el ejercicio de la cláusula de opción a las obligaciones del demandante hacia el demandado.  No existe ningún requisito en el lenguaje del contrato que obligue al demandante a cumplir con sus obligaciones antes de ejercer la opción, en la medida en que las existan, y si las existen, el demandado no se refiere a ella.  Junto con lo anterior, el demandado no presentó ninguna prueba para convencer al tribunal de que estas son obligaciones entrelazadas que deben cumplirse simultáneamente.

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