Casos legales

Caso Civil (Tel Aviv) 58538-05-19 Michael Benz y otros 52 contra la apelación del caso financiero – Tribunal Supremo Guy Nof - parte 49

May 29, 2026
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Como parte del procedimiento de insolvencia, se nombraron junto al abogado Amir Palmer, que actuó como asesor legal del Grupo 102, y el abogado Alon Peles, que actuó como asesor legal de los miembros del Grupo 104, junto al abogado Erez.  Estos fueron nombrados gestores especiales de los campos.

De acuerdo con la opinión del tasador Haussner, en la que se basaban los titulares del cargo, estaba claro que valía la pena vender los derechos de los dos lotes juntos (Apéndice 16 de la declaración jurada de la demandante 3, Sra.  Malkiel).  Estimó que la venta de los dos lotes por separado conduciría a una contraprestación de 7,5 millones de ILS para el Lote 102 y 45,2 millones de ILS para el Lote 104.  Por otro lado, una venta conjunta dará lugar a una consideración de 87,4 millones de ILS.  Por tanto, está claro que esta venta habría sido preferible a los miembros del Grupo 102, incluso si hubieran recibido el 20% del mismo, que una venta separada de sus derechos.  En consecuencia, se esperaba que pusieran una suma mayor, de unos 10 millones de ILS.

Los miembros del Grupo 102 tuvieron dificultades para obtener un mayor porcentaje del dinero de la venta.  El tasador Hauschner estimó su participación como tal que debería ser del 15% (Prueba N/9).  Los miembros del grupo presentaron una tasación diferente (Prueba N/8) y, al final del día, su tasa de elegibilidad se incrementó al 20%.  El abogado Erez consideró esta tasa como un logro para los miembros del grupo, ya que su contribución en términos de la superficie de la parcela al proyecto debería haber sido menor (p.  539 Q.30 en adelante).

  1. De esto se deduce que la cooperación entre los lotes, que continuó en la fase de liquidación, benefició a los demandantes y no les perjudicó. El comité del grupo 102 sabía cómo luchar para aumentar la tasa de elegibilidad de los miembros y tuvo éxito. No hay nada entre esto y la negligencia de los demandados.

Falta de explicación por parte de los demandados de que, según los acuerdos, no existe posibilidad práctica de sustituir a la Sra.  Or como gestora del grupo de compradores

  1. Según los demandantes en sus resúmenes, los demandados no les explicaron antes de firmar los acuerdos, que según el párrafo 8.3.7. Según el acuerdo de reparto, no existe posibilidad práctica de sustituir a la Sra. Or como responsable del grupo de compradores, ya que dicho reemplazo requiere el consentimiento del 100% de los miembros del grupo.

La cuestión que plantea este argumento es, sin duda, de peso.  Pero en las circunstancias de este caso, no estoy obligado a pronunciarme al respecto.

  1. En primer lugar, esto no se menciona en la declaración original y enmendada, por lo que constituye una ampliación de un frente prohibido, y esto es suficiente para rechazar la reclamación.
  2. En cuanto al mérito, acepto que tal cláusula puede dar lugar a dificultades muy sustanciales, especialmente en el mundo de los grupos compradores. En la práctica, puede verse como una cadeneta completa del grupo hacia el organizador del grupo, ya que casi siempre no será posible obtener la mayoría absoluta para terminar el compromiso con él. En este contexto, es importante entender el argumento del Sr.  Geva, presidente del comité del grupo, quien afirmó en su declaración jurada (en el párrafo 34) que esta es una cláusula "escandalosa", "inaceptable", y que "en ninguna empresa que conozco hay tal mayoría para la toma de decisiones".

De hecho, es posible describir circunstancias en las que el organizador del grupo no promueve sus intereses, y los intereses de sus miembros no se atienden adecuadamente, y sin embargo se encontrarán en forma de una audiencia cautiva del organizador.  Esta situación puede dañar irreparablemente el sistema de incentivos que exige al organizador del grupo gestionar sus asuntos de manera continua y adecuada.  Si supiera que no podía ser reemplazado, podría no actuar en beneficio del grupo, e incluso para promover su interés personal a costa de éste, y ninguno de sus miembros podría hacer nada, ya que casi siempre sería posible que un miembro se opusiera a su reemplazo.

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