Casos legales

Caso Civil (Ref.) 26561-09-22 Racheli Rappaport contra Amos Gabrieli - parte 9

June 17, 2026
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La persona que reclama negligencia debe demostrar que existe un deber conceptual y concreto de cuidado hacia la parte perjudicada, que dicho deber fue incumplido y que existe una conexión causal entre el incumplimiento y el daño causado.  Al examinar la responsabilidad del mediador, debe señalarse, como se ha indicado anteriormente, que el mediador no es parte del proceso de mediación ni del acuerdo de mediación, que tiene un estatus independiente.

Por tanto, en la medida en que el mediador señale la acción conforme a las normas aceptadas en el mundo de la mediación, con transparencia e impecable en el marco del proceso de mediación, no habrá causa de acción contra él por daños y perjuicios .

  1. Un examen de los resúmenes del demandado muestra que él tampoco niega la posibilidad conceptual de que un mediador sea responsable de daños y perjuicios en el caso adecuado, y es razonable suponer que no es posible aceptar una situación en la que exista inmunidad absoluta para el mediador en el marco de sus acciones.

De manera similar, en cuanto a los deberes éticos del mediador, el tribunal dictaminó que "por lo tanto se puede concluir, y con razón, que los deberes éticos del mediador no son absolutos y dependen de los equilibrios morales, morales y sociales, así como la libertad de elección de las partes en la mediación respecto al contenido de sus acuerdos no es absoluta y también está sujeta a los límites de la ley, la política pública y las normas sociales acordadas." (Expediente de acuerdo (Familia Petah Tikva) 40184-02-17 A.  B contra Y.  Lunes (18.10.2020).

  1. La conclusión que se desprende de lo anterior es que, en los casos apropiados, se puede determinar que el mediador actuó en contra del estándar de conducta esperado de él y es responsable de los daños a la luz de los resultados del proceso de mediación que llevó a cabo.
  2. Sin embargo, esta determinación basada en principios debe ser matizada y esta responsabilidad debe examinarse Con mayor precaución.

La doctrina jurídica busca fomentar los procedimientos de mediación y establecer un umbral de negligencia en relación con las acciones de los mediadores puede servir como un factor de enfriamiento significativo que impida a los mediadores agotar todo el potencial inherente al procedimiento, por temor a que diversas acciones que tomen puedan derivar en su responsabilidad personal como resultado de dichas acciones.

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