El acondicionamiento es agudo y claro. ¿Es justificable? Mi respuesta es no.
La ausencia de un secreto comercial
- El punto de partida de la discusión es queComo hemos visto Una compañía de bonificación no estableció la existencia de un secreto comercial Digno de protección en sus actividades. No ha demostrado la existencia de una buena práctica empresarialIVA, o la sensibilidad de una lista de proveedores o clientes.
No se estableció ninguna contraprestación adicional para el acuerdo con la cláusula de no competencia
- Incluso si no se ha demostrado la existencia de un secreto comercial defendible, sigue siendo posible que el señor Zarrouk recibiera una "consideración especial" que se le prometió y que se le proporcionó para justificar las restricciones a su libertad de ocupación (Apelación Civil 3156/98 Ben Yishai contra Weingarten, PD 55(1( 939, 954 (1999( (en adelante: Parashat Ben Yishai(). De hecho, una compañía de bonificación afirmó en sus resúmenes (párrafos 90 y 95 de los resúmenes de la demanda principal), que la cláusula de no competencia está justificada, entre otras cosas, también porque "El considerable retorno"Y maduro"Condiciones extremas" que el señor Zaruk recibió por su acuerdo de no competir.
Sin embargo, esta afirmación no fue respaldada por pruebas.
En las declaraciones juradas del Sr. Goldian, no se menciona la declaración de que, a cambio de la cláusula de no competencia, el Sr. Zaruk recibió alguna contraprestación, como un aumento de los anticipos (véase: párrafos 37-39 de su primera declaración jurada). Además, una comparación entre la contraprestación del primer acuerdo, que no incluía una cláusula de no competencia, con el segundo acuerdo, que incluía dicha cláusula, muestra que la contraprestación no cambió sustancialmente;
En el primer acuerdo, se señaló que desde enero de 2009 hasta junio de 2009, la cantidad pagada al Sr. Zarrouk en anticipos fue de 25.000 ILS brutos (Apéndice 2 a la declaración de la reclamación). El segundo acuerdo se firmó el 9 de septiembre de 2009 y, en consecuencia, los anticipos por la misma cantidad continuaron hasta julio de 2010 (véase el Apéndice 3 de la declaración de la demanda; y también véase el párrafo 29 de la primera declaración jurada del Sr. Goldian y f, en los que se señalaba que los anticipos pagados a él eran de 24.000 ILS más IVA al mes hasta finales de 2008, y 25.000 ILS más IVA desde principios de 2009 hasta 2014). y 30.000 ILS más IVA durante 2014 hasta la salida del Sr. Zaruk en 2015).