Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 16283-06-23 S.T. Zehavi Ltd. contra Non-Stop Radio Ltd. - parte 21

July 28, 2026
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"Abogado Epstein:      Has estado involucrado en proteger a Nathan de la regulación a lo largo de los años.

El testigo, el abogado Somer:            Defendí la comisaría y a Nathan.  Sí.

Abogado Epstein:       Así que la respuesta a Nathan es correcta.

La Honorable Jueza Bibi:                   Sí.

Abogado Epstein:                   También defendiste la emisora, también protegiste a otros radiodifusores,

El testigo, el abogado Somer:            Con gran orgullo."

  1. Además, se puede encontrar un respaldo adicional para mi afirmación en el hecho de que el acusado no siempre defendió las declaraciones de Zahavi. Así, un examen de la carta de la demandada al regulador, tras la declaración relativa a la quema del Canal 14, muestra que en el mismo asunto, la demandada no defendió la declaración de Zahavi, sino que la condenó, ya que no consideraba que fuera una declaración legítima (véase la carta de Zelkovnik del 13 de julio de 2022, Apéndice 5 a su declaración jurada).  De manera similar, en el presente caso, la demandada respondió a las solicitudes del regulador y encontró condena a la declaración de Zehavi y solicitó otros motivos para aliviar la sanción impuesta (véase la carta de Zelkovnik a la Segunda Autoridad fechada el 1 de diciembre de 2022, Apéndice 12 de su declaración jurada).  ¿Y cuál es la diferencia entre el último caso y el anterior?, preguntará el que pregunta - la diferencia está en la posición de Zehavi.  Así, en el caso del Canal 14, Zahavi estuvo de acuerdo con la condena y con el hecho de que la declaración se desvió del camino aceptado y permitido, mientras que ahora no está de acuerdo con esta postura de la emisora.

De lo anterior y detallado parece que en todos los casos en los que el demandado supuestamente defendió el asunto de Zahavi frente al regulador, no lo hizo por una obligación contractual o alguna hacia Zahavi, sino por su interés en defenderse frente al regulador.

Por lo tanto, prima facie, en contraste con el lenguaje claro del acuerdo, no hay conducta del demandado en este contexto que respalde la reclamación de los demandantes respecto a su derecho a la defensa ante el regulador.

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