34-12-56-78 Chéjov contra el Estado de Israel, P.D. 51 (2)
- El demandado además alega que las negociaciones iniciales se llevaron a cabo entre varias partes y que el demandante se abstuvo de unirse al procedimiento, incluyendo: el Sr. Dennis Polanski (en adelante: Polanski), la socia del demandado en la creación del sitio y la persona encargada de localizar proveedores y partes interesadas, la señora Gali Wheeler (en adelante: Wheeler), la esposa del demandado, que financió la creación del lugar, y el señor Robert Grossman (en adelante: Grossman), un vendedor estadounidense del demandado que estaba a cargo de las actividades de marketing relacionadas con el sitio web y el propietario de la corporación extranjera - Comerciante de Primer Nivel, a través de la cual se concentraron las actividades del proyecto. En este contexto, el demandado argumenta además que alrededor de septiembre de 2020, la actividad empresarial fue transferida a la sociedad extranjera DB Protective LLC (En adelante: La Corporación DB), que fue establecido por el demandado, Wheeler y Polanski. En el contexto de estas reclamaciones, el demandado argumenta en la declaración de defensa que la demanda debe ser desestimada de plano por falta de causa, falta de rivalidad y recurso inadecuado. Esto, aunque según él, el foro adecuado para debatir es El Tribunal competente En Estados Unidos. El demandado argumenta además en este contexto que las reclamaciones del demandante sobre el derecho a los beneficios de la empresa requieren la constitución de las sociedades extranjeras a través de las cuales se concentró la actividad comercial.
- Además de lo anterior, el demandado afirma además que durante el mes de mayo de 2020, actuó junto con otras dos partes, que no son parte en el presente procedimiento, para establecer un proyecto nuevo y separado mediante la creación de una nueva página web, la DB. Según el demandado, esta página web no estuvo activa hasta finales de junio de 2020 y se registró, según la reclamación, solo durante el mes de septiembre de 2020. El demandado enfatiza que la actividad en este sitio fue extensa y variada, e incluyó la comercialización de muchos productos diferentes a los que se vendían allí TTM. De hecho, el demandado afirma la actividad en el lugar DB Hecho de forma aislada de la actividad en el sitio TTM y el demandante no tuvo nada que ver con él. Además, el demandado alega que el demandante causó daños a la actividad del lugar DB, en virtud de lo cual tiene derecho a compensar en la suma de aproximadamente 100.000 ILS.
- Para completar el panorama fáctico, debe señalarse, y no hay disputa al respecto, que En febrero de 2021, la conexión entre la Los partidos. No hay disputa en que A partir de esa fecha, el demandante dejó de desempeñar La actividad en o en relación con los Sitios y el acceso a ellos han sido bloqueados.
La evidencia en el procedimiento