Copiado de Nevo
- El demandante presentó una declaración jurada como testigo principal en su nombre, al igual que el demandado. Aunque el demandante reiteró sus afirmaciones en su declaración jurada, la versión del demandado en su declaración jurada incluía nuevas reclamaciones relacionadas con lo que se alegaba en la declaración de la defensa. En resumen, el demandado afirmó además en su declaración jurada, entre otras cosas, que a principios de 2020, junto con Polansky, estableció un negocio, al que Grossman fue añadido por ambos. El demandado subrayó que los tres actuaron como socios en la empresa, sin haber redactado un acuerdo escrito. Según el demandado, en esta etapa, los tres planeaban hacer una inversión financiera limitada, que ascendía a unos pocos miles de dólares. También se acordó que los ingresos de la venta de los productos se destinarán a la compra de nuevos productos, ampliando el alcance de las compras de vez en cuando. Según él, tras formular la idea, la discutió con el demandante, quien pidió participar en la empresa debido a su experiencia en la creación de sitios web y la comercialización de productos a través de ellos. Basándose en estas representaciones, el demandado, junto con Polansky, decidió utilizar al demandante con el fin de establecer un sitio web TTM Se le definía como funcionario, pero no como socio en la empresa. Según él, generalmente se acordaba que el demandado haría una inversión de suma limitada y que el demandante aportaría conocimientos y trabajo por su parte, y más adelante, a medida que se identificara el potencial económico, el demandado y Polansky recaudarían los fondos de inversión necesarios.
- Según el acusado En su declaración jurada, al principio de la actividad, le quedó claro que los clientes que accedían al sitio TTM por lo tanto, es necesario un cambio en el plan de negocio para aumentar la inversión en publicidad. Para este fin, Wheeler fue reclutado para la empresa, que invirtió sumas superiores a 220.000 dólares EE. UU."II, además de las inversiones realizadas por el demandado y Grossman. Según él, durante todo ese periodo no se retiraron beneficios de los sitios. El demandado alega que la contribución del demandante se redujo rápidamente, de modo que en abril de 2020 solo incluía actividades de mantenimiento insignificantes, mientras que las áreas de publicidad y marketing y el diseño gráfico del lugar Fue apartado de su responsabilidad debido a la falta de habilidades profesionales. El demandado alega que la demanda del demandante de recibir el 20% de los beneficios de la empresa fue incrementada retroactivamente, en preparación para la presentación de la demanda. El acusado subrayó que nunca había cometido (ya sea directamente o a través de cualquiera de las empresas que son objeto del proyecto( pagar al demandante un porcentaje de los beneficios, y que los informes presentados por el demandante a través de "Google Analytics" son inadmisibles. Sobre el sitio DB Se afirma que Esta página web Establecido en mayo de 2020, en paralelo con las actividades de otros sitios Objetivo del proyecto, y sin que su actividad genere beneficios. Según el demandado, el demandante no estaba activo en este sitio.
Discusión y decisión
- Como se detalla a continuación, La ley de la reclamación para la prestación de cuentas debe recibirse parcialmente, de manera que establezca al demandante un recurso para la provisión de cuentas en relación con el periodo comprendido entre marzo de 2020 y finales de 2022. La audiencia se celebrará en tres fases: Comienzos, se discutirá el argumento preliminar sobre un foro inapropiado. En la segunda fase, se examinará la cuestión de si existía una relación especial entre las partes, que justifique la concesión de cuentas. Esto incluirá determinar si se celebró un acuerdo vinculante, cuál es su contenido y quiénes fueron sus partes (incluida la reclamación umbral sobre la ausencia de rivalidad y la ausencia de causas, cuya aclaración implica aclarar la propia reclamación), y si se incumplió. Por fin, se examinará la cuestión de la existencia de un derecho prima facie de reclamación en relación con los fondos objeto de las cuentas.
La reclamación del demandado respecto a un foro inapropiado
- La regla es, Porque "La prueba decisiva para examinar la aplicabilidad de una doctrina 'El foro inapropiado' es si el foro local es 'El Foro Natural' O existe un foro natural extranjero con autoridad para conocer la reclamación. Esta prueba se decide en función de la totalidad de las circunstancias del caso."Autoridad de Apelación Civil 9810/05 Hecke N. Pimcapco Limitada, párrafo 10 (30.8.2009( y las referencias Nombre (En adelante: Interés Hecke(). En este contexto, la jurisprudencia estableció tres subpruebas: qué foro tiene más vínculos con la disputa; ¿Cuáles son las expectativas razonables de las partes respecto al lugar del litigio? y si existen consideraciones públicas que apoyen la discusión en este o aquel foro (Autoridad de Apelación Civil 928/18 De Neef Construction Chemicals BVBA v. Gilar Ltd., Párrafo 17 (15 de mayo de 2018(; Apelación Civil 2547/23 Office Textiles Ltd. contra Broklinen Inc Delaware co 5469940, párrafo 13 (28 de diciembre de 2023(; Autoridad de Apelación Civil 78645-12-24Vital Capital Investments Sociedad Limitada Lustig contra, párrafo 22 (29 de abril de 2025). La premisa es que el tribunal israelí tiene jurisdicción para conocer la disputa. El demandado, que sostiene que el foro en Israel no es el foro adecuado, asume una carga adicional de persuadir que el tribunal extranjero tiene autoridad natural y clara para aclarar la reclamación (Autoridad de Apelación Civil 3144/03 Elbit Medical Imaging Ltd. contra Harefua Servicios de Salud S/C Ltda, IsrSC 57(5( 414, 421-422 (2003(; Hecke, párrafo 10).
- Un examen de las normas mencionadas respecto a las circunstancias del presente caso lleva a la conclusión de que el demandado no cumplió con la carga que se le impuso para persuadirle de que Israel no era el foro adecuado para conocer la reclamación. El acusado se conformó con presentar reclamaciones generales, que no estaban respaldadas por pruebas. Así, el demandado argumenta, en relación con la prueba de la conexión máxima con la disputa, que el remedio solicitado Encuadernación examinando las actividades comerciales de corporaciones extranjeras, y que el propósito de la empresa era vender dólares online a clientes estadounidenses. Sin embargo, el demandado no presentó ninguna prueba concreta o detallada de dónde y de qué manera se llevó a cabo realmente la actividad principal o cómo se llevó a cabo dicha actividad Establecer una clara afinidad con el foro extranjero. Además, la afirmación de que la actividad empresarial fue concentrada por corporaciones extranjeras no es suficiente por sí sola. El demandado no probó que la investigación de la reclamación en Israel se realizara Será una carga impacto significativo en las corporaciones extranjeras o en la conducción del procedimiento, y ni siquiera presentó pruebas que indicaran una conexión sustancial y clara de estas corporaciones con el Foro El Extraño. El demandado no presentó la demanda En este sentido, estados financieros o correspondencia que atestiguen la concentración de actividad sustancial y exclusiva en el extranjero, Los Supports en estos argumentos. Con respecto a la prueba de las expectativas razonables de las partes y consideraciones públicas, Incluso estos, como se detallará más adelante, apoyan la celebración del debate en Israel en concreto. Más de lo necesario, aclararé que la aplicación de la prueba maximalista de afinidad también conduce a la conclusión de que Israel es el foro natural Para aclarar el procedimiento. Primera, ambos partidos son residentes de Israel, cuyo centro de vida y negocios está en Israel. Segundo, el compromiso Objetivo El procedimiento se concluyó en Israel (como se detallará más adelante), entre dos israelíes, en el contexto de una relación personal previa, y la gestión de la empresa, al menos al principio, se realizó desde Israel. Tercero, la actividad del demandante, que es un componente esencial en la investigación de la reclamación, se llevó a cabo íntegramente desde Israel. Cuarta, la principal evidencia, las cientos de páginas de correspondencia por WhatsApp, así como los testimonios de las partes, están todos en hebreo, por lo que no hay ninguna ventaja para un foro extranjero en cuanto al idioma y la accesibilidad de las pruebas. Quinto:, incluso los principales testigos potenciales en los que confía el acusado se encuentran en Israel. Mamilla El Demandado No indicó ninguna dificultad en su testimonio en Israel. En cuanto a los proveedores del proyecto, las partes confirmaron que algunos de ellos son israelíes, incluido el principal proveedor para la compra del inventario inicial. Por otro lado, la única conexión con el foro extranjero sobre la que el acusado lanza el Yahav se ocupa de las actividades de las corporaciones Los americanos y con la participación del señor Grossman. Sin embargo, este argumento también fue en vano. El demandado no presentó ninguna prueba concreta sobre el alcance de la actividad que realmente se llevó a cabo en el extranjero, ni estableció Su reclamación Porque las corporaciones extranjeras tienen una afinidad sustancial y clara con un foro extranjero específico. En cuanto al señor Grossman, el acusado no solo no estableció una dificultad concreta para que testificara, sino que incluso dejó claro en su testimonio que no veía sentido en citarlo (Transcripción, p. 44, párrafos 10-12). Las subpruebas adicionales también apoyan esta conclusión. Dado que tratamos con dos israelíes que contactaron con Israel en hebreo y gestionaron el inicio del proyecto desde Israel, la expectativa razonable de las partes era que hubiera una disputa Potencial entre ellos Se aclarará en Israel, y no se ha reclamado, y en cualquier caso, no se ha probado ninguna base para esperar lo contrario. Incluso consideraciones públicas, incluido el interés en la resolución efectiva de una disputa local entre los residentes de Israel y la falta de interés de un foro extranjero en decidirla, apoyan la celebración del debate en Israel.
Por lo tanto, la reclamación ante el foro es impropio ser rechazada, y la reclamación por prestar cuentas debe ser investigada por su fondo.