Veredicto:
- Los compradores desean cancelar el acuerdo y devolver su dinero conforme a las garantías de la Ley de Ventas.
Presentan el interés del comprador individual que no puede asumir los costes exigidos debido a la prolongación de la transacción. Por ejemplo: pagos dobles de hipotecas y alquiler.
Por otro lado, los organismos financiadores representan el interés público, alegando que permitir que cualquier comprador retire su compra podría provocar un caos económico público, incluyendo el aumento de primas en garantías Ley de Venta en gran medida, además de crear una espiral para los proyectos de construcción que se han retrasado cuando varios compradores intentan abandonar el proyecto aunque esté en fase de rehabilitación, lo que impide así su continuidad en su rehabilitación.
- De hecho, se trata de una cuestión de principios pendiente y el tribunal debe expresar su opinión.
Hoy en día, el problema surge principalmente en el ámbito de TAMA.
¿Debería preferirse el derecho del comprador individual, a quien también se le puede llamar "ciudadano pequeño", frente a las grandes entidades -las entidades financiadoras responsables de financiar todo el proyecto?
Siendo conscientes de las implicaciones que esta decisión puede y tendrá para otros compradores y propietarios de apartamentos, con el fin de completar todo el proyecto.
Esta es una tensión que ha surgido entre la libertad de contratos y el derecho contractual-cuasi-propietario del comprador individual a ejercer sus derechos, y un amplio interés público que se expresa en el temor a un aumento de las tarifas de las garantías del Derecho de Compraventa y la necesidad de permitir la finalización de los proyectos.
- Encuentro que, en contraste con el mecanismo de un grupo comprador, en el que el comprador individual está vinculado a los demás compradores, en la compra de un apartamento a una empresa dentro del proyecto TAM"Un 38 (ya sea 38/1 o 38/2), debe darse prioridad a los derechos del comprador individual.
En el mecanismo de un grupo comprador, el comprador accede a la compra con el conocimiento claro de que forma parte de un grupo y que no podrá ser liberado de la transacción individualmente sin dar contraprestación y obtener el consentimiento de los demás compradores. Por otro lado, cuando una persona participa de forma independiente y separada en una única transacción para la compra de un apartamento en un proyecto, incluso si es un proyecto TAMA, lo hace de forma privada e independiente. En mi opinión, dicho comprador tiene derecho a ser liberado del contrato de forma independiente, sin verse obligado por las consideraciones de los organismos financiadores o de los compradores, y sin apartamentos adicionales.