Por lo tanto, según ella, no se cumplieron las condiciones establecidas en la garantía para la realización y la confiscación.
- 0017. Los acreedores garantizados añaden que son sensibles a la situación de las familias Sidi y Dekel, pero que, a pesar de ello, no deberían aceptar la pérdida de las garantías, ya que, si fuera posible, perjudicaría a la institución Ley de Garantías La venta y su propósito.
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- El receptor y el acreedor garantizado de los excedentes aportaron sus voces a la posición de los acreedores garantizados.
El desarrollo de la discusión:
- Los argumentos de Dekel y Sidi para la liberación de los contratos y la aceptación de la Ley de Garantías de Venta fueron escuchados por ellos en la reunión del 3 de mayo de 2026, que precedió al nombramiento del administrador judicial y a la emisión de una decisión para hacer cumplir los gravámenes. Repitieron estos argumentos el 20 de julio de 2026 anteriormente.
- En sus palabras, la señora Helit Levin Sidi negó las reclamaciones de los acreedores garantizados y del administrador judicial de que se están realizando trabajos intensos en el terreno.
Véanse sus comentarios en la página 14 de la transcripción en el párrafo 6 - 14:
"Quiero responder a lo que dijo antes el abogado Clal, él respondió al hecho de que dijimos que nos engañaron sobre conseguir el piso, él afirmó que no nos engañaron que nos engañaron para conseguir un piso, yo digo que nos engañaron. Pensábamos que conseguiríamos un piso en mayo de 2025 y lo recibiríamos a finales de 2027. No es gratis. La empresa Clal, que se supone que debe expiar lo que pasó por parte del promotor, no cumple lo prometido. Esa es exactamente la situación que dijo el abogado Dekel. No tenemos confianza, también sé por el hecho de que estoy paseando por la zona, soy del barrio de la zona, incluso por hablar con el contratista, que las obras aún no han empezado. Se dijo que las obras empezaron hace dos semanas, que la organización había comenzado, no vemos nada sobre el terreno. Desde luego no estoy seguro de que consigamos el piso el día que dicen que está muy lejos para nosotros y que no podremos permitírnoslo económicamente. Tres o cuatro años, doble hipoteca y alquiler. Cuando lo planeamos en un periodo de seis meses, no lo podríamos permitir, estamos en serios problemas."
- El Sr. Dekel también puso el foco en la conducta de los acreedores garantizados y busca derivar de ella la obligación de realizar dichas garantías.
Véanse sus palabras en la página 15 de la transcripción en los párrafos 11-19: