Casos legales

Caso de delitos graves (Be’er Sheva) 33815-10-23 Estado de Israel contra Ahmad Abu al-Qi’an - parte 68

September 6, 2026
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El problema con este enfoque del perito defensor se aprende del hecho de que, aunque teóricamente hubiera diez testigos que describirían cruzar de izquierda a derecha, nada cambiaría su opinión, siempre que el fallecido tuviera una fractura en el muslo izquierdo.  De manera similar, incluso si diez testigos describen que el fallecido cruzó la carretera corriendo, el testigo, según su enfoque, preferiría consultar las cartas, buscar la velocidad típica de caminar de una persona de la edad del fallecido y usar esta cifra en sus fórmulas.  De hecho, el perito defensor se consideró exento de examinar la viabilidad de la versión de Judat (respecto al intento del fallecido de escapar antes de resultar herido), ni como posible escenario alternativo, de causar la fractura en su muslo izquierdo.

Por tanto, se deduce que el perito de la defensa examinó el caso como un caso de accidente de tráfico "normal" en el que un peatón "razonable" cruza la carretera a velocidad normal, en línea recta, sin presión, y los conductores circundantes y los demás usuarios de la vía actúan de manera similar.  El perito defensor lo hizo, aunque una de las dos preguntas que tuvo que responder se refiere a la existencia de pruebas forenses del asesinato (véase el número 4 de la opinión).

En este último asunto, desde el principio, existe un gran problema en el mandato que el perito defensor asumió para examinar "si existe evidencia forense de asesinato por homicidio vehicular." En este contexto, no hace falta ser un experto legal para entender que, basándose en la "película muda" que documenta el atropellamiento de una persona (el elemento fáctico), es posible establecer el delito de causar muerte por negligencia, homicidio negligente, el delito de asesinato en circunstancias agravadas, cuando toda la diferencia reside en el elemento mental que acompaña a los actos.

Es importante señalar que, a diferencia de una situación en la que la causa de la muerte se realiza mediante un objeto cuya naturaleza puede indicar el elemento mental que acompaña al elemento fáctico (por ejemplo, en una situación en la que una persona aparece en una "película muda" apuñalando a otra un gran número de veces en órganos vitales o disparándole varias veces con un arma de fuego), esto no ocurre en lo que respecta a causar la muerte mientras conduces, en la que incluso una situación "rutinaria" de conducir en un carril recto que no va a alta velocidad, hacia una persona, puede, dado el elemento mental adecuado, constituir un delito de asesinato.  Por otro lado, una situación en la que una persona conduce a alta velocidad mientras pierde el control puede conciliarse con el delito de causar la muerte por negligencia.

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