El Tribunal Nacional del Trabajo
Dado el 30 de agosto de 2026
| Anónimo | El apelante en la apelación laboral 38468-04-25 | |
| – | y el Demandado en la Apelación Laboral 42874-04-25 | |
| Anónimo |
El apelante en la Apelación Laboral 42874-04-25 y la Demandada en la Apelación Laboral 38468-0425 |
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| Antes: Juez Roy Poliak, Juez Hani Ofek Gendler, Juez Dori Spivak
Representante Público (Empleados) Sr. Shmuel Weissman, Representante Pública (Empleadores) Sra. Naomi Sandhaus |
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Abogado del apelante – Abogado Guy Planter
Abogado del demandado – Abogado Roni Aloni Sadovnik
Sentencia
(Texto permitido para publicación conforme a la decisión del 30 de agosto de 2026)
Juez Dori Spivak:
- Tenemos ante nosotros dos recursos contra la sentencia del Tribunal Regional de Tel Aviv (la jueza Ofira Dagan-Tuchmacher y el representante del público, el Sr. Elihai Eligon; Disputa laboral 25972-02-22) que recibió una reclamación de compensación bajo laLey de Prevención del Acoso Sexual, 5758-1998 (en adelante - la Ley de Prevención del Acoso Sexual o la Ley), presentada por el Demandado (en adelante - Anónimo) contra el Apelante (en adelante - el Administrador).
En la sentencia, se determinó que el gerente debe compensar a una persona determinada por la suma de 50.000 ILS por acoso sexual contra ella - cabe señalar que la reclamación de una persona fue perjudicada por un importe de 2.400.000 ILS "junto con una cantidad a determinar por el daño causado a la demandante como resultado de una lesión mental grave" - y compensarla por acosarla tras la presentación de su denuncia de acoso sexual, con la suma adicional de 50.000 ILS.
El trasfondo fáctico
- El director fue uno de los fundadores de una startup israelí que se dedicaba al ámbito cibernético (en adelante: la empresa). La empresa se fundó aproximadamente dos años antes de los acontecimientos en el centro de este proceso, que tuvieron lugar en la primera mitad de 2021. Incluso antes de esos hechos, la empresa fue adquirida por una empresa estadounidense y, durante el periodo relevante para el procedimiento que se nos presentó, empleaba a unos 45 empleados, unos 30 de ellos en Israel. Para completar el panorama, señalamos que la empresa cerró durante 2022 y todos sus empleados fueron despedidos.
- Durante el periodo correspondiente, el gerente, que fue uno de los fundadores de la empresa, ejerció como director del centro de desarrollo de la empresa en Israel. Una persona comenzó a trabajar en la empresa el 14 de febrero de 2021 como responsable de recursos humanos, directamente subordinada al director. En ese momento, la empresa estaba creciendo enormemente, por lo que fue necesario, inmediatamente después de que comenzara el trabajo de cierta mujer, trabajar estrechamente entre ambas para hacer más precisas las búsquedas de vacantes. De hecho, no hay duda de que desde el inicio de su trabajo conjunto, ambos trabajaron estrechamente, incluyendo la celebración de largas reuniones de trabajo, y requirieron largas conversaciones laborales, tanto por teléfono como por mensajes de texto.
- El 1 de abril de 2021, apenas un mes y medio después de comenzar su trabajo, la gerente informó a su predecesora y a la persona que la ayudó a reclutar para el puesto, diciendo: "Con gran pesar les informo que no va bien con [fulanita]. Realmente no es nada bueno. Han pasado muchas semanas, más o menos, desde el primer día. Lo guardé en el estómago porque esperaba poder superarlo y así no tener que chuparte (tampoco) a ti." Al día siguiente, jueves 2 de abril de 2021, el gerente envió un correo electrónico al representante de la empresa en Estados Unidos (en adelante el representante) en el que detallaba dificultades en el funcionamiento de cierta mujer y señalaba que, en su opinión, sería apropiado despedirla. Escribió, entre otras cosas:
"… Deberíamos tomar una decisión juntos, pero estoy en un punto en el que tenemos que dejarla ir. No daré ningún paso hasta que estemos sincronizados, pero al menos quería informarte de la situación antes de irnos el fin de semana...".