Casos legales

Solicitud de apelación administrativa 3222-05-25 Fiscal General contra Anónimo - parte 5

October 5, 2026
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Así, la Ley de Adopción reconoce dos vías alternativas para conceder una orden de adopción: la vía de consentimiento y la vía de declarar a un menor ya adoptado.

  1. Cuando se trata de una pista basada en el consentimiento de los padres del adoptado, Sección 8A(a) La Ley de Adopción establece lo siguiente:

"El consentimiento de un progenitor para la entrega de su hijo en adopción será consentimiento informado dado una vez que la información haya sido presentada al progenitor, todo lo establecido en los artículos  8b y 9."

Además, Secciones 8B y9 La ley define reglas detalladas adicionales relacionadas con la presentación de información y explicaciones al progenitor antes de dar su consentimiento para la entrega de su hijo para adopción, así como el formato en que se dará dicho consentimiento.

  1. La Ley de Adopción distingue entre la forma en que se da el consentimiento de un progenitor para la adopción en Israel y la forma en que debe darse fuera de Israel. Sección 9A La ley establece que el consentimiento para la transferencia de un menor fuera de Israel se realizará de una de las siguientes tres maneras::

"(1) Firmando una carta de consentimiento ante el representante diplomático o consular de Israel; Antes de firmar la carta de consentimiento, la persona ante la que se da el consentimiento debe verificar que reconoce al progenitor y que el consentimiento está en un lenguaje entendido por el progenitor;

(2) según la ley del lugar donde se da el consentimiento;

(3) Según la ley de la residencia ordinaria del que da el consentimiento o del menor en el momento del consentimiento."

Detalles adicionales al respecto se detallan en el Reglamento de Adopción de Menores (Consentimiento Parental), Los Nueve"II-2011 (Abajo: Reglamentos Adopción o Reglamentos). Esto incluye: Reglamento 2 determina que el consentimiento de un progenitor dado fuera de Israel según Sección 9A(1) Derecho, Se preparará de acuerdo con la carta de consentimiento anclada En el anexo a los Reglamentos que incluye cuatro partes (en adelante: La carta de consentimiento).  En la Parte A del Acuerdo de Consentimiento, el progenitor que acepte que su hijo será dado en adopción debe proporcionar detalles identificativos. En la Parte B del documento, el progenitor debe proporcionar datos básicos identificativos sobre el otro progenitor del menor e incluso puede proporcionar detalles adicionales que permanecerán confidenciales. Además, en esta parte, el progenitor que acepte que su hijo será dado en adopción debe declarar su conocimiento sobre una serie de condiciones. En la Parte C del documento, el progenitor adoptivo debe declarar que su firma en la carta de consentimiento fue realizada en un idioma que entiende y por libre albedrío. En la Parte D, el representante diplomático de Israel, ante quien se dio el consentimiento, debe proporcionar detalles sobre este estatus.

  1. Además del requisito por defecto de obtener el consentimiento del progenitor adoptivo, existe una opción alternativa para declarar que un menor ya es adoptado. Sección 13(a) La ley establece que "En ausencia de consentimiento parental, un tribunal puede, a petición del Fiscal General o de su representante, declarar adoptable a un niño" Si se cumple uno de los motivos enumerados en esta sección. Para nuestros fines, es importante señalar que la causa expuesta en el párrafo 1 establece que es posible hacerlo si se cumple la siguiente condición:

"No existe posibilidad razonable de identificar al progenitor, encontrarlo o conocer su opinión; para los fines de este párrafo, se presume que no existe posibilidad razonable como se ha dicho anteriormente si se han tomado las acciones detalladas a continuación...

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