(De la decisión del Honorable Juez Weinstein del 25 de febrero de 2025; véase también el testimonio del Sr. Avraham Sharvit, página 18, línea 20; página 20, línea 30)
En el párrafo 32(c) de sus resúmenes, el demandado detalla por qué la explicación para tomar la hipoteca no fue probada y no es convincente, ni se probó que fondos adicionales llegaran a las empresas (y véase el testimonio de Avraham Sharvit, página 21, línea 7).
En cualquier caso, esta circunstancia es otra indicación del grado de integración entre los contratos de venta y el contrato de construcción.
- Quinto:, en mi opinión, no es posible ignorar la conexión familiar (incluso si el Comité de Apelaciones de Haifa rechazó el intento del demandado de afirmar que los vendedores y las empresas contratistas son lo mismo): las empresas contratistas no eran terceros no relacionados, sino corporaciones propiedad de los padres de los vendedores. Ciertamente, los propios vendedores individuales no se comprometieron personalmente a completar la construcción (ver sección 5.1.2.4 más abajo"a los contratos de venta), sin embargo, eran partes cercanas, en el sentido mencionado, a aquellas empresas que estaban obligadas a terminar la construcción de los departamentos. Los apelantes estaban al tanto de esta conexión en tiempo real y vieron la siguiente decisión."Al 25 de febrero de 2025: "Los apelantes no afirman que no supieran de la conexión familiar". Esta es una circunstancia extraordinaria que, en mi opinión, puede atribuirse peso. En los márgenes de este punto, debe mencionarse que las empresas contratistas permitieron que cada uno de los vendedores acumulara una deuda por la suma de ILS 1 millón"H. Para trabajos de construcción que realmente se realizaron, que no necesariamente reflejan una relación comercial aceptada entre las empresas constructoras y sus clientes privados.
- Sexta, esta no es una situación en la que un proyecto de construcción "Atascado" y el propietario original se vio obligado a vender sus derechos sobre el terreno y al mismo tiempo transferir sus derechos según un acuerdo de construcción. Aquí ocurrió un evento a corto plazo: solo pasaron unos 19 meses desde la fecha de compra del complejo a la pareja Ben Yosef hasta su venta a los apelantes, con el contrato de construcción firmado apenas unos cinco meses antes de la venta a los apelantes.
- En mi opinión, la suma de las siguientes circunstancias"Para respaldar la conclusión de que sí hubo "Compromiso por parte del vendedor" para la finalización de la construcción, ciertamente de acuerdo con los criterios establecidos en la sentencia Mark como se detalló arriba. Los vendedores tenían derecho a completar la construcción - contra la carga de las empresas contratistas cercanas, como se explicó. Los apelantes, por su parte, imaginaron una transacción cuya esencia fuera la compra de departamentos residenciales (como la propiedad se refería efectivamente en los contratos de compraventa; y como dijo el Sr. Avraham Sharvit: "¿Quién comprará tierras en Cesarea con un esqueleto encima, y ya? ¿Y no construirán una casa? (página 22, líneas 15-16)). La combinación de la etapa avanzada de construcción con el conjunto de acuerdos descritos (que vincula el contrato de construcción con los contratos de venta), y todo esto por parte de los vendedores, lleva a la conclusión de que los apelantes no compraron "Otras propiedades" Para la autoconstrucción.
- A la luz de lo anterior, sugiero a mis colegas del Comité de Apelaciones que rechacen la apelación y determinen que fueron comprados "Departamentos Residenciales" Según la definición En la sección 9(c) a la ley.
En vista de la complejidad del tema del "compromiso por parte del vendedor" y la jurisprudencia en desarrollo sobre el tema, se sugiere que cada parte asuma sus propios gastos.