Cargo 1
La acusación
- En enero-febrero de 2018, en fechas desconocidas por el acusador, el subcontratista Reuven Gonen (en adelante: "Reuven") preparó un precio de trabajo para la ejecución del proyecto "Rampa de Alimentos en la Prisión de Hadarim" (en adelante: el "Proyecto Rampa").
- Inicialmente, Reuven valoró el costo de realizar el trabajo en el proyecto en la suma de ILS 10, 000 a 12, 000. El demandado llamó a Reuven y le instruyó a "inflar" la cotización a la suma de ILS 15, 000, con la intención de que, a cambio de aprobar la cotización inflada, Reuven transferiría beneficios financieros al demandado.
- Más tarde, cuando quedó claro que el alcance de la obra era mayor que el precio, Reuven preparó un nuevo precio de trabajo por la suma de ILS 26, 000 excluyendo el IVA (y por el monto de ILS 30, 420 incluyendo IVA). El demandado se acercó a Reuven y le instruyó a "inflar" el precio de la obra a la suma de ILS 49, 300 (incluyendo IVA) con la intención de que, a cambio de aprobar el precio "inflado" de la obra, Reuven transfiriera beneficios financieros al demandado por la suma de ILS 15, 000, y Reuven, entre otras cosas, debido a la dependencia y control del demandado sobre los subcontratistas como se describe en la parte general de la acusación, y por el deseo de darle un regalo al demandado para que le permitiera continuar trabajando como subcontratista en la IPS, aumentara el precio del trabajo en consecuencia (en adelante: la "cotización inflada").
- El demandado, en su calidad de oficial de construcción del Distrito Central del IPS, se aseguró de aprobar la cotización inflada a cambio de un regalo de Reuven.
- Poco después, Reuven llegó al lugar cerca de la instalación del IPS en Ramle, donde trabaja el acusado, y recibió 15, 000 ILS en efectivo de su parte.
- En sus acciones mencionadas, en la práctica como servidor público, el acusado aceptó un soborno por la suma de ILS 15, 000, a cambio de una acción relacionada con su cargo. Además, el acusado, como servidor público, robó junto con Reuven algo que es propiedad del Estado o algo que le llegó por su trabajo, y valía ILS 18, 800.
Las disposiciones legales bajo las cuales se acusó al acusado son aceptar sobornos (un delito bajo la sección 290(a) de la Ley Penal) y el robo por parte de un servidor público (un delito bajo la sección 390 de la ley).