También señalaré que el documento P/165, que el demandado recibió de Rauf, fortalece la existencia de un acuerdo previo de que los pagos de Tavorinsky se usarían para pagar la deuda del demandado con Rauf.
Las mentiras del acusado de que ni siquiera sabía del empleo de Rauf por Tavorinsky, al menos refuerzan la evidencia de la fiscalía en su contra, incluyendo la evidencia sobre su conocimiento del empleo ficticio y la recepción del soborno. También debe notarse que el acusado no tenía otra explicación de por qué Tavorinsky pagó a Rauf por su empleo ficticio y por qué Rauff le envió el documento A/165.
Por lo tanto, opino que la fiscalía logró probar el conocimiento del acusado sobre el empleo ficticio y la recepción del soborno.
- En vista de todo lo anterior, determino que el acusador cumplió con la carga de probar lo que se establece en la décima acusación, y que en los actos descritos en esta acusación, el acusado, en su acto como servidor público, aceptó un soborno por la suma de ILS 66, 220, por una acción relacionada con su posición.
Carga 11
La acusación
- En una fecha desconocida por el acusador, a finales de 2015, Yossi Yaakov (en adelante: "Yossi") realizó trabajos privados de instalación de 4 metros cuadrados de ladrillos para revestimiento de pared en el penthouse del demandado a un costo de ILS 3, 000 (en adelante: "el trabajo privado"). Durante este periodo, Yossi trabajó como subcontratista en el IPS, mientras estaba subordinado al demandado.
- Pasando al 13 de diciembre de 2015, el demandado dictó a Yossi el precio del trabajo en el proyecto IPS que Yossi había ejecutado bajo el contratista principal de la empresa Mahlab, por la suma de ILS 60, 170.
- Alrededor del 13 de diciembre de 2015, el demandado se reunió con Yossi y le entregó un cheque para la ejecución del proyecto, por la suma de ILS 60, 170 (en adelante: "el cheque"), que Yossi depositó en su cuenta bancaria. En la misma fecha de entrega del cheque, el demandado informó a Yossi que el monto del cheque también incluía el pago por el trabajo privado.
- En sus actos mencionados, el acusado, como servidor público, robó algo que era propiedad del Estado o algo que llegó a su posesión en virtud de su trabajo, y lo valoró en ILS 3, 000 (un delito bajo la sección 390 de la Ley). Además, en sus actos mencionados, el acusado, siendo un servidor público en el cumplimiento de sus funciones, cometió un acto de fraude o violación de confianza que perjudica al público, incluso si el acto no constituía fraude si se cometía contra un individuo (un delito bajo la sección 284 de la Ley).
La respuesta a la acusación 11
- El acusado negó los cargos en su contra en este cargo.
Cargo 11 - Evidencia