La acusación
- Como resultado de los detalles de la acusación detallada arriba (Cargos 1-14), el acusado recibió una suma de ILS 417,538 como resultado de los delitos de aceptación de sobornos y robo, ambos los cuales se abstuvo de reportar al Impuesto sobre la Renta.
- Durante el periodo detallado en esta acusación, el acusado y el acusado (en adelante: "los demandados") rentaron muchas propiedades y no reportaron los ingresos por renta de dichas propiedades a la Autoridad Tributaria.
- El 18 de marzo de 2014, los demandados compraron una casa en 2 Hemed Street en Rishon LeZion, conocida como Bloque 5037, Lote 5, Sublote 6 (en adelante: "El Hotel" o "La Villa").
Los demandados reservaron cuatro unidades para rentas a corto plazo en el motel, y durante el periodo entre 2014 y 2018, rentaron las unidades del motel por periodos cortos, entre otros, a turistas extranjeros, y administraron el motel como un negocio de declaración de impuestos sobre la renta.
Además de las unidades de motel rentadas por los demandados por periodos cortos, los demandados rentaron una unidad adicional por largos periodos por ILS 4,500 al mes.
- Durante el periodo entre 2013 y 2018, los demandados rentaron un departamento adicional en 21/10 HaZionot Boulevard en Pardes Hanna, en una propiedad conocida como Bloque 10122, Lote 328, Subparcela 10, y también recibieron dinero de renta por rentar un departamento de la madre del acusado en Rusia.
- El ingreso total de los demandados durante el periodo en que omitieron de los informes que debían reportar al tasador fiscal se detalla en el Apéndice A de la acusación, en la suma acumulada de ILS 2, 202, 459:
- Además, el acusado omitió ingresos adicionales, el valor del soborno y el robo por el monto de ILS 417,538 como se detalla arriba y en el Apéndice A de la acusación:
- Los demandados no llevaron libros como lo exige la Ordenanza del Impuesto sobre la Renta, no reportaron al tasador fiscal la recepción de los fondos mencionados y no pagaron los impuestos derivados de dicha actividad.
- Los demandados, en sus actos anteriores, usaron deliberadamente astucia, fraude o engaño con la intención de evadir impuestos en relación con los años fiscales 2013-2018, omitiendo de un informe bajo la Ordenanza cualquier ingreso que debiera incluirse en el informe con la intención de evadir impuestos en relación con los años 2013-2018; Los demandados, sin razón suficiente, no mantuvieron libros de cuentas conforme a las instrucciones del Director dadas bajo la sección 130(a) de la Ordenanza del Impuesto sobre la Renta en relación con los años fiscales 2013-2018; Los demandados no presentaron el primer informe anual que debían presentar a tiempo después de la apertura del negocio o el inicio de la ocupación.
- Las disposiciones legales bajo las cuales los acusados fueron acusados son fraude, astucia o engaño (delitos múltiples) - un delito bajo la sección 220(5) de la Ordenanza del Impuesto sobre la Renta [Nueva Versión] (en adelante: "la Ordenanza del Impuesto sobre la Renta" o la "Ordenanza"); omisión de ingresos de un informe - un delito bajo la sección 220(1) de la Ordenanza; falta de llevar libros de cuentas - un delito bajo la sección 216(5) de la Ordenanza.
La respuesta a la acusación 15
- Los acusados niegan haber evadido el pago de impuestos en los años 2013-2018 por ingresos de bienes que poseen. También respecto al informe a la Autoridad Tributaria sobre el dinero de sobornos que supuestamente recibió, el acusado negó las acusaciones atribuidas en esta acusación.
Cargo 15 - Evidencia