- En ese momento y hace muchos años pensó en abrir una panadería, pero el proyecto fue rápidamente abandonado y la propiedad de la panadería pasó a Nizar;
- No es el dueño de la panadería y nunca fue el empleador del demandante;
- El único empleador y propietario real de la panadería es Nizar, quien contrató al demandante, estuvo de acuerdo con él en los términos de su salario y supervisó su trabajo de manera continua.
III. La Decisión de la Corte
C.1. Introducción a la Decisión del Tribunal
- Comenzaremos señalando que después de escuchar todos los testimonios; hemos revisado todas las pruebas y documentos presentados al caso (incluyendo los documentos del Instituto Nacional de Seguros, las autoridades fiscales y el Banco Hapoalim); y después de considerar todos los argumentos de las partes, determinamos que la demanda es legal Sé aceptado por la gran mayoría. Entre otras cosas, encontramos que el demandante probó una parte significativa de la base fáctica que sustenta su reclamo, Y se ha comprobado Porque el acusado era El dueño de la panadería, para todos los efectos prácticos. Por otro lado, el demandado no contradijo la mayoría de las afirmaciones del demandante, ni contradijo la imagen probatoria que surge de la totalidad de la evidencia.
- Antes de profundizar en las razones que nos llevaron a nuestra conclusión, hagamos algunas observaciones preliminares:
Primera nota - la versión del demandante y la confiabilidad de su testimonio - la versión del demandante respecto a su trabajo real en la panadería, el periodo de su trabajo, la forma en que se realizó el trabajo y las condiciones de su empleo en general, fue confiable y continua, y no fue contradicha en absoluto durante su testimonio. Todo esto, excepto por dos puntos específicos: primero, el alcance del trabajo, y como resultado de esto - la reclamación sobre pago de horas extra y la reclamación sobre diferencias de salario mínimo; segundo, las circunstancias de su despido y la reclamación sobre la indemnización;