Casos legales

Disputa laboral (Haifa) 25884-09-24 Khaldun Hamdan – Tair Hassan - parte 7

October 8, 2026
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Durante los 6 días laborables regulares a la semana (excluyendo el día de descanso), el demandante trabajó una hora adicional cada día, por lo que tiene derecho al pago de la suma de: ILS 54.19 x 125% X 6 = ILS 406 por semana, por las horas extras sin el día de descanso.

Para el día de descanso, el demandante trabajó 9 horas, de las cuales 2 horas se calcularán a una tasa del 175% y 7 horas a una tasa del 200%.  La siguiente es la ecuación: ILS 54.19 x 175% x 2 horas + ILS 54.19 x 200% x 7 horas = ILS 948.

En total, el demandante tiene derecho a un pago de horas extras, por cada semana laboral durante el primer periodo, por la suma de ILS 1,354.  En el primer periodo, hubo 30 semanas.  Por lo tanto, el demandante tiene derecho a un pago de horas extras por este periodo en la suma de 30 x 1,354 = ILS 40,620.

-           El periodo del 1 de abril de 2018 al 10 de febrero de 2021 (en adelante: "El Segundo Periodo"): El valor de la hora de trabajo era de 55.38 ILS, según la siguiente ecuación: 10,080 ILS, dividido entre 182 horas.

Durante los 6 días laborables regulares a la semana (excluyendo el día de descanso), el demandante trabajó una hora adicional cada día, por lo que tiene derecho al pago de la suma de: ILS 55.38 x 125% X 6 = ILS 415 por semana, por las horas extras sin el día de descanso.

Para el día de descanso, el demandante trabajó 9 horas, de las cuales 2 horas se calcularán al 175% y 7 horas al 200%.  La siguiente es la ecuación: ILS 55.38 x 175% X 2 horas + ILS 55.38 x 200% X 7 horas = ILS 969.

En total, el demandante tiene derecho a un pago de horas extras, por cada semana laboral del segundo periodo, por la suma de ILS 1,384.  En el segundo periodo, hubo 149 semanas.  Por lo tanto, el demandante tiene derecho a un pago de horas extras por este periodo en la suma de 149 X 1,384 = ILS 206,216.

En total, el demandante tiene derecho a la suma de ILS 246,836.  Sin embargo, él presentó su reclamación respecto a este componente en la suma de ILS 211,201[70], y no se le puede otorgar una suma mayor que esa, y esta es la suma que se le otorgará.

  1. Beneficios y pagos del empleador por indemnización por despido - Orden La extensión [versión consolidada] de la pensión obligatoria se aplica a todos los trabajadores de la economía (incluidos los trabajadores palestinos empleados en Israel), en ausencia de prueba de la existencia de otro arreglo de pensión beneficioso (como en nuestro caso, y cuando no se presentaron argumentos sobre la orden de expansión en la industria de la panadería). En virtud de la orden, el empleador está obligado a realizar pagos mensuales del salario asegurado a una tasa del 6.5% para el componente de beneficios y 6% para el componente de indemnización.
  2. La jurisprudencia sostuvo que la renuncia del empleado, incluso si no tiene derecho a la indemnización completa según el Ley de Indemnización por Despido, 5723-1963, no anula su derecho a recibir el componente de indemnización a tasa del 6% que el empleador debió haber hecho un depósito continuo a su favor. Por lo tanto, si el empleador incumplió su deber y no realizó los pagos en tiempo real, el empleado tiene derecho, al terminar la relación laboral, a obligar al empleador a pagar una compensación monetaria por el monto de los pagos que no se hayan realizado - de acuerdo con el 6.5% de los beneficios y el 6% de la compensación del salario asegurado y para el periodo en que surgió la obligación[71].
  3. El demandante reclamó completar los pagos al fondo de liquidación a una tasa del 6% de su salario base y por un periodo de 48 meses que no quedaron obsoletos, por la suma de ILS 14,932. Además, argumentó que, de acuerdo con la orden general de expansión en la economía, el empleador estaba obligado a depositar para él una tasa mensual del 6.5% de su salario bruto mensual respecto a la parte del empleador.  Para el periodo de trabajo que no era prescripción, y según el siguiente cálculo: 42 Meses con un salario de ILS 5,300 y un salario total de ILS 222,600, con los pagos de pensión que se derivarán de ellos por un total de ILS 14,469.
  4. Por otro lado, el demandado alegó que el demandante trabajaba como extranjero ilegal sin permiso de trabajo, y por lo tanto sabía que no era posible emitirle recibos de nómina ni hacer pagos formales legalmente[72]. Sin embargo, está claro que la falta de conocimiento del demandado sobre el cumplimiento de sus obligaciones bajo la ley no la eleva ni disminuye.  El hecho de que el demandante fuera residente ilegal en Israel, Nariz Es irrelevante en relación con su derecho a pagos de pensión, y por lo tanto el demandante tiene derecho a "cumplimiento Aproximado" de los pagos[73].
  5. Además, - El demandado tampoco presentó ninguna evidencia que indicara que efectivamente cumplió con su obligación de hacer pagos de pensiones. Entre otras cosas, no hay certificados de depósito, informes de un fondo de pensiones, referencias sobre la transferencia de fondos, ni ninguna otra evidencia que pueda demostrar que se hicieron pagos para el demandante al componente de beneficios del empleador o al componente de indemnización por despido.  Por lo tanto, determinamos que el demandante tiene derecho a una compensación en lugar de los pagos del empleador al componente de beneficios y al componente de indemnización.
  6. A continuación se presenta el cálculo -

-           Beneficios del empleador - 42 (número de meses, en un periodo que no ha quedado obsoleto desde el 9/2017 [7 años antes de la presentación de la reclamación) hasta el final del empleo en 2/2021) X 10,080 ILS (salario mensual) * 6.5% = 27,518 ILS.

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