Casos legales

Disputa laboral (Tel Aviv) 24193-02-24 Emanuel Eliyahu Cohen – Manosa Marketing Ltd. - parte 3

November 1, 2026
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  1. En la etapa probatoria del caso, el demandante testificó en apoyo de la demanda. En nombre del demandado, el Sr.  Gil Shaked, director general del demandado, y el Sr.  Pini Ayash, quien era el gerente del mercado local en Dimer, testificaron.

Discusión y decisión

Compensación por el deterioro de las condiciones en julio de 2020

  1. Según el demandante en su demanda, tiene derecho a una compensación a la tasa de un mes de salario, ya que en julio de 2020 el demandado le notificó un cambio en la forma en que se pagó su salario, para que se le pagara un salario base bajo más un porcentaje de las ventas. El demandante objetó el cambio y no entró en vigor, pero en relación con junio de 2020, recibió un recibo de nómina que reduce el salario base y añade un componente salarial de las horas extras globales.

El demandado afirma que el evento descrito por el demandante ocurrió antes de la adquisición de la propiedad de la empresa.  Según los cupones, con la excepción de una división diferente de los componentes salariales en junio de 2020, no hubo daño al salario del demandante, y no está claro qué daño sufrió.

  1. Después de sopesar la evidencia y los argumentos, no encontramos que se probara que el demandante tuviera derecho a una compensación por el deterioro de sus condiciones laborales, como él afirmaba. Incluso si al demandante se le ofreció cambiar el formato de su pago salarial, los recibos de pago muestran que, a la luz de la objeción del demandante, no hubo un cambio real.  En un anexo a su declaración jurada, el demandante presentó dos recibos de nómina para el mes de junio de 2020, uno dividido en salarios básicos de 8,000 ILS y una hora extra global adicional de 2,200 ILS, y el segundo, titulado 20/7, en el que estaba escrito a mano: "Boleto actualizado para el mes del 6/20 de junio" indica el pago de un salario neto de 10,723 ILS, sin detallar los componentes salariales.  Después de este mes, los recibos de nómina regresaron a ser los mismos que en el pasado, e incluían el pago de salarios y compensación por horas extras en cantidades variables, dependiendo del trabajo real.
  2. En la declaración de demanda, el demandante no señaló daños económicos causados como resultado del intento de cambiar los términos de su salario, y afirmó en general que había enfrentado "dificultades financieras". En sus resúmenes, afirmó que había pagado impuestos sobre la renta y Seguro Nacional en una cantidad mayor, y que los depósitos de pensión se le hicieron en un monto menor como resultado del cambio (sección 140).  Además, afirmó que en los meses siguientes se le pagó una compensación menor por horas extras (sección 141).  Como se indicó, las reclamaciones no aparecían en los escritos anteriores a esto y en ningún caso no fueron probadas.  El demandante no presentó documentos del fondo de pensiones.  Una revisión de los recibos de nómina muestra que la deducción de pensión para todos los meses de 2020, incluyendo junio de 2020, fue fija y ascendió a ILS 610.62.  Esto con la excepción del recibo presentado para julio de 2020, que no incluye detalles sobre el tema.  Las reclamaciones sobre el pago en exceso a las autoridades fiscales no están claras y no han sido probadas.  Los pagos a las autoridades fiscales se derivan del salario, y si, según el demandante, fue sobrededucido, podría haber solicitado un reembolso ante las autoridades fiscales.
  3. En estas circunstancias, no se probó el derecho a la compensación, ni tampoco se probó la cantidad de compensación a la que el demandante solicitó.
  4. La reclamación de compensación por el deterioro de las condiciones en julio de 2020 queda desestimada.

Compensación por entrega tardía de recibos de nómina

  1. El demandante alega que durante el periodo de su empleo, cinco de los recibos de pago le fueron entregados con un retraso de uno a cuatro días, y solicita una compensación sin prueba de daño como resultado. El demandante señaló los recibos de nómina de los siguientes meses: octubre de 2018; enero de 2019; marzo de 2021; agosto de 2021 y septiembre de 2021.  Según el demandado, incluso si hubo un pequeño retraso, no le otorga derecho a compensación una vez entregados los recibos de pago.  Algunos de los retrasos se debieron al periodo de COVID-19 y las dificultades que ocurrieron durante él, o al hecho de que la fecha límite para entregar el recibo de nómina caía en fines de semana.
  2. La sección 26a(b)(1) de la Ley de Protección Salarial , 5718-1958 estipula que:

"Si el Tribunal Laboral determina que el empleador no entregó conscientemente a su empleado un recibo de nómina antes de la fecha indicada en la sección 24(c), en contravención de las disposiciones de la sección 24(a), o que el empleador entregó a sabiendas a su empleado un recibo de nómina que no incluye los detalles del salario pagado al empleado, total o parcialmente, en violación de las disposiciones de la sección 24(b), tiene derecho a otorgar al empleado una compensación que no dependa del daño (en adelante - compensación ejemplar), debida a cualquier recibo de nómina respecto al cual el empleador actuó como se indicó;"

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