Casos legales

Caso Civil (Be’er Sheva) 23052-01-25 Ella Padwa contra Daniel Moshe Kirschenbaum - parte 12

October 13, 2026
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A la luz de todo lo anterior, la demandante solicitó al demandado el pago de la compensación acordada establecida en el borrador, por la suma de ILS 203,000, junto con diferencias de vinculación e intereses.  Alternativamente, la demandante solicitó una indemnización por subsistencia por el monto de ILS 171,314 por la pérdida del descuento en el precio del departamento, que alegó le fue otorgado por la demandada en el marco de negociaciones realizadas de mala fe entre las partes.  Alternativamente, la demandante solicitó daños por confianza por un monto de ILS 132,738, por sus supuestos daños debido a la venta de su departamento, que dijo se hizo con el propósito de financiar la compra del departamento del demandado.

Los argumentos del acusado

El demandado argumentó que la reclamación debía ser desestimada de plano, ya que es una molestia y una reclamación inútil, que no revela una causa de acción ni establece una rivalidad.  Según él, los contactos que tuvieron lugar entre las partes no se desviaron del alcance de las negociaciones iniciales y nunca maduraron hasta convertirse en un contrato vinculante.  Además, afirmó que el borrador de acuerdo que se transfirió entre las partes era solo un borrador técnico, que no fue aprobado por él y en cualquier caso no reflejaba un acuerdo vinculante de su parte.  El demandado enfatizó que ni él ni su esposa habían tomado ninguna decisión de vender el departamento, que sirve como su único techo sobre sus cabezas, sin prometerles la compra de un departamento alternativo y sin recibir la aprobación en principio del banco para obtener una hipoteca con el fin de financiar su compra.

Según el demandado, nunca se llegó a un acuerdo final entre las partes respecto a los términos sustantivos de la transacción, incluyendo el calendario de pagos, la fecha del desalojo del departamento, los términos del ejercicio de la opción de renta y el monto de la renta.  Según él, estos asuntos materiales permanecieron abiertos incluso en el marco del último borrador del acuerdo, por lo que no se alcanzó un acuerdo final y vinculante entre las partes.  El demandado también se refirió al hecho de que la demandante recibió la aprobación en principio para la hipoteca del banco solo el 31 de octubre de 2024.  Según él, este hecho muestra que la demandante actuó de manera imprudente al vender su departamento, antes de asegurar el financiamiento completo necesario para la compra de su departamento, y que incluso según ella, la transacción no estaba terminada y vinculante hasta esa fecha.  Además, el acusado afirmó que él y su esposa actuaron de buena fe durante todo ese periodo y continuaron buscando un departamento alternativo.  Solo cuando se dieron cuenta de que no podrían comprar un departamento alternativo dentro del presupuesto disponible, se vieron obligados a anunciar la terminación de las negociaciones, por temor a quedarse sin hogar (interrogatorio al acusado, en la p. 11 de Pro.  del 3 de febrero de 2025, párr.  5-23; ibid., p. 17, párrafos 11-13; interrogatorio al acusado, en p. 82 de Pro.  del 6 de mayo de 2026, párrafos 27-28; ibid., p. 87, párrafos 2-3; ibid., p. 98, párrafos 9 y 29-31).

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