El demandado argumentó además que las reclamaciones del demandante sobre su supuesta dependencia y los daños causados debían ser rechazadas, en ausencia de una base que justificara su obligación de pagar una compensación por ellos. Según el demandado, la demandante vendió su departamento en Kiryat Bialik el 29 de octubre de 2024, apresuradamente y por iniciativa propia, antes de recibir la aprobación del demandado para el calendario de pagos. En cualquier caso, la demandante no probó que sufriera ninguna pérdida financiera. Según él, su departamento en Kiryat Bialik fue vendido por ILS 1,070,000, un precio que él afirmó fue significativamente mayor que los precios de transacciones previas en la zona. Además, la demandante obtuvo buenas ganancias tanto al rentar su departamento como al venderlo. El demandado enfatizó además que su decisión de no completar la venta del departamento se debió a circunstancias que podrían haberlos dejado sin hogar (réplica de Lihi del 8 de diciembre de 2024, párrafo 21 de la réplica; adjunta como Prueba 44 a las pruebas del demandante; interrogatorio de Lihi en la p. 24 del pro del 6 de mayo de 2026, párrafos 24-25; ibid., p. 26, párrafos 20-26). Finalmente, argumentó que en ausencia de la firma de un contrato de compraventa, no se perfeccionó un contrato vinculante entre las partes respecto a la transacción inmobiliaria.
El telón de la controversia
Como se detalló arriba, la principal disputa que debe decidirse es si el borrador de acuerdo intercambiado entre las partes maduró en un contrato de venta vinculante de bienes raíces, aunque no se haya firmado ningún acuerdo formal entre las partes. En este marco, debe decidirse si en nuestro caso se cumplieron los elementos de discreción y especificidad requeridos para la formulación de un contrato vinculante. En particular, es necesario examinar si el borrador de acuerdo incluía los detalles materiales necesarios para el compromiso, incluyendo la importancia de que las partes no alcanzaron un acuerdo completo y definitivo respecto al calendario de pagos, la fecha del desalojo del departamento, los términos de la opción de arrendamiento y el monto de la renta.