La suposición de que la diferencia de ILS 170,000 constituye compensación por subsistencia se basa en el hecho de que si la demandante hubiera comprado el departamento, podría haberlo vendido al precio que la demandada exigió inicialmente, ILS 2,200,000. Sin embargo, esta suposición contradice claramente la evidencia en el presente caso.
Así, en su interrogatorio, la demandante señaló que el agente inmobiliario en su nombre, Tal, revisó el precio del departamento y encontró que estaba valorado "en el área de ILS 1,850,000,1, 900,000" (p. 81 del prólogo del 26 de abril de 2026, pregunta 10). La demandante agregó que, en vista de la desviación en la construcción del departamento y la necesidad de legalizarlo, incluso es posible que el precio del departamento "sea menor, usualmente según lo que sé, una reducción de ILS 20,000-30,000 por un exceso" (ibid., pregunta 17; La demandante también afirmó que al momento de su contrainterrogatorio, creía que el precio del departamento era aún más bajo - ibid., párrafos 20-32).
Por lo tanto, no está claro cómo la demandante solicita la resolución de "pérdida de descuento" que le concedió el demandado a partir del precio que inicialmente exigió en la suma de ILS 2,200,000, cuando ella misma admite que el precio real del departamento en ese momento era aproximadamente ILS 1,850,000. Si la demandante hubiera comprado el departamento a un precio de ILS 2,030,000 de acuerdo con el precio acordado entre las partes, en su opinión habría sido una transacción de pérdida, ya que el valor real del apartamento era solo alrededor de ILS 1,850,000. Ciertamente no se ha probado que el demandante hubiera tenido una ventaja económica al comprar el departamento.
A esto también se deben agregar los costos asociados con la compra de un departamento, comenzando con pagos de impuestos de compra y a veces impuestos de mejora, pagos de honorarios, honorarios de abogados y más. La demandante no presentó un cálculo de estos costos, que deben deducirse de ILS 2,200,000 para determinar la supuesta ganancia que se le negó.