Casos legales

Caso Civil (Be’er Sheva) 23052-01-25 Ella Padwa contra Daniel Moshe Kirschenbaum - parte 59

October 13, 2026
Impresión

Con respecto al requisito de un fallo sobre angustia mental, debe decirse que la jurisprudencia ha determinado que la compensación por daños no pecuniarios no se otorga rutinariamente, y que su fallo se tomará en casos especiales en los que la decepción, frustración o lesión se desvíe del resultado ordinario de una transacción que no se ha perfeccionado (Apelación Civil 3437/93 Egged, Asociación Cooperativa para el Transporte en Israel Ltd.  v. Adler, IsrSC 55(1) 817,835 (1998); Apelación Civil 8588/06 David Daljo v. Israel Development Authority Ltd.  [Nevo] (11 de noviembre de 2010)).  En nuestro caso, el demandado cambió de opinión durante las negociaciones en el contexto de las circunstancias que surgieron, pero no lo hizo en una violación flagrante de la relación de confianza entre las partes, y ciertamente no actuó de manera maliciosa ni de ninguna otra manera dañina.  Ya he señalado que el demandado no creó una representación de que la transacción estaba cerrada y, en cualquier caso, no hizo que el demandante se apoyara en ella.  De hecho, es natural que el demandante sintiera frustración y decepción porque la transacción con el demandado no se materializó, pero la habitual decepción subjetiva que caracteriza cualquier discurso que no terminara con la firma de un contrato no es suficiente.

Conclusión

Después de todo esto, encontramos que no se perfeccionó un acuerdo vinculante entre las partes .  Por lo tanto, no he encontrado un laudo acordado para el demandante.  Tampoco he considerado apropiado otorgar al demandante daños por subsistencia por un monto de ILS 171,314 por la pérdida de un supuesto descuento de ILS 170,000 por la demanda del vendedor le-khatḥila respecto al precio del departamento, como se solicita en la cláusula 2.2.2 de la declaración de demanda, por las razones detalladas arriba (en cuanto a la demanda de una compensación por subsistencia respecto a otro tipo de daño, como se detalla en la página 1 del resumen del demandante, párrafo 3(b), ya he señalado que esta demanda es rechazada por mí, ya que los escritos incluyen el alcance de la disputa y los remedios solicitados.  Por lo tanto, una demanda de una suma mayor por daños por subsistencia que la reclamada no debería ser apropiada).  Incluso con respecto a la demanda de un fallo de daños por confianza por un monto de ILS 132,738, en el contexto de la reclamación de la demandante de que vendió su departamento anterior con el propósito de financiar la compra del departamento del demandado, consideré que la demanda debía ser rechazada por las razones detalladas arriba.

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