Traducciones notariales
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Traducciones notariales

Impresión

Una traducción notarial significa una confirmación del notario de que una traducción es completamente idéntica al original. Dicha confirmación puede ir acompañada de un certificado de conformidad con el original o el notario puede registrar que no vio la fuente sino sólo una copia. La traducción notarial que dice que el notario vio la fuente es un sustituto completo de la fuente, en el idioma apropiado, y también es válida para organismos oficiales como consulados y embajadas, incluso para efectos de emitir la nacionalidad extranjera.

Usualmente utilizamos los servicios de traductores externos para reducir el costo (porque los costos de traducción, a diferencia de la aprobación notarial, no están fijados en el regulador y se ajustan a nuestro horario de trabajo), pero siempre serán seguidos por la revisión de la traducción por parte de nuestro oficina y también se cobra por horas. Además, al final del proceso, el notario público está obligado a leer cada palabra y verificar la corrección de la traducción. De ahí el costo relativamente alto de la traducción notarial, incluso cuando lo exige la ley.

Tenga en cuenta que cuando se requiere una traducción notarial (o cualquier otro certificado notariado) para la entrega en un país extranjero, una apostillization se debe realizar el procedimiento. Especialmente cuando se trata de un documento que debe entregarse en una embajada extranjera (pero no solo), es importante consultar con la embajada o el organismo para el que se requiere la traducción, si requieren

Poderes Notariales

Verificación de firma notarial

Copia original notarial

Ejecución de documentos para uso fuera de Israel

Certificado de Vida

Testimonio sobre un documento negociable

Declaración Jurada Notarial

Testamentos y testamentos notariales

Acuerdos prenupciales notariales

Acuerdos de matrimonios de derecho consuetudinario

Apostilización

Reglamento Notarial (tasa de servicios), 1978*

Modelo de Certificado de Doctor según la sección 4(e) del Reglamento de Notaría