Casos legales

Caso (Tel Aviv) 262-04-17 Twiga Online Ltd. v. Mizrahi-Tefahot Bank Ltd. - parte 60

December 6, 2018
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Soy de la opinión de que esta aprobación es suficiente para satisfacer este asunto también.

  1. En resumen, soy de la opinión de que de los detalles anteriores se desprende claramente que en el marco del procedimiento judicial, cuando se dio a los demandantes la oportunidad de transferir los documentos solicitados por el banco, transfirieron documentos que fueron suficientes para eliminar las sospechas concretas y relevantes que surgieron de la gestión de sus cuentas antes del envío del aviso de cierre a las cuentas.

Cabe destacar que puede haber fundamento en los argumentos del banco de que, incluso después del procedimiento judicial, sigue habiendo una falta de claridad con respecto a varias cuestiones relacionadas con las actividades de los demandantes.  Sin embargo, como se detallará a continuación, las cuestiones que siguen sin estar claras, en la medida en que existen, casi todas giran en torno a reclamaciones que se plantearon por primera vez en el marco del proceso judicial, y por lo tanto, es evidente que los demandantes no tuvieron la oportunidad plena de tratarlas.  Además, y esta es la principal importancia, con respecto a todas las cuestiones que seguían sin estar completamente claras, el Banco puede haber presentado y detallado una cierta falta de claridad, pero el Banco no especificó una preocupación concreta derivada de la falta de claridad.  En este contexto, como se detalla en detalle en los capítulos normativos, las dudas o la falta de claridad pueden ser suficientes para levantar banderas rojas, pero esto no es suficiente, ya que el banco debe mostrar qué sospechas concretas relevantes pueden basarse en estas banderas rojas.  Más precisamente, las señales de alerta en la actividad son suficientes para exigir la adopción de medidas preventivas de riesgos, que incluyen: monitoreo del cliente y mayor control sobre él, y obligaciones de informar sobre el cliente a las autoridades competentes, pero no son suficientes para establecer motivos para cerrar la cuenta, siempre que el banco no muestre una conexión entre dicha señal de alerta y la sospecha de lavado de dinero o actividad terrorista.  Así, por ejemplo, las señales de alerta que ondean como resultado de la incorporación en países offshore pueden establecer sospechas de actividad de lavado de dinero, las señales de alerta que se comunican con clientes en países enemigos pueden establecer sospechas de actividad terrorista y señales de alerta relacionadas con actividades ilegales, como el tráfico de drogas u opciones binarias (en la medida en que esté prohibido).  Sin embargo, en el caso que me ocupa, al final del procedimiento, el banco señala cuestiones que no han sido completamente aclaradas, pero no apunta a sospechas concretas que estas preguntas o señales de alerta tengan para establecer.

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