La disputa entre las partes giró en torno a la imagen obtenida de la totalidad de las pruebas.
¿Es esta una imagen de una organización criminal con características que la representan como tal?, que operaba bajo la cobertura de una empresa para la prestación de servicios de divisas registrada a nombre del Investigado 6, y se dedicó a la concesión de préstamos ilegales de manera institucionalizada y sistemática, Según el método del solicitante, ¿O es una foto de un grupo de amigos cuyos detalles son una relación familiar o de amigos y que participaron en, Todos, Individualmente y por separado, En el ámbito de los préstamos, Sin sociedad ni subordinación, Pero ayudaron, Periódicamente, El uno al otro, Por la familia o la amistad, En la recaudación de fondos de cobro de los prestamistas, Como método de defensa.
La base probatoria prima facie de esta acusación se basa en, En realidad, También sobre la base probatoria que se presentó con respecto a los otros cargos detallados en la acusación, Incluye la base probatoria prima facie que establece la serie de cargos por los delitos de extorsión por la fuerza y extorsión por amenazas, y la que establece los cargos por los delitos de fraude, Delitos Tributarios y Delitos de Lavado de Dinero.
Las pruebas que conforman la misma infraestructura se basan principalmente en testimonios tomados de escoltas que fueron víctimas de los actos de extorsión y en pruebas objetivas de que se trataron de conversaciones grabadas a través de escuchas telefónicas entre los propios demandados y entre ellos y entre ellos. "Sus clientes". La Demandante compiló la mayor parte de su evidencia basada en esas conversaciones en varias tablas, Adjunto como Apéndices A'- J' Según sus afirmaciones.
Soy de la opinión de que a partir de una revisión de la totalidad de la evidencia, Lo que se afirma en las conversaciones recibidas en las escuchas telefónicas, Prestar atención a la identidad de sus hablantes, El contenido y la frecuencia de las declaraciones indican que los argumentos de la defensa no están respaldados por las pruebas presentadas, y que existen pruebas prima facie para la representación en nombre del Solicitante.