Casos legales

Caso criminal 17813-01-10 Estado de Israel contra Avraham Levy - parte 222

December 19, 2014
Impresión

Y también, después de que se le pidiera que dijera qué explicación recibió sobre la sección 8 del informe, respondió:

"No es algo serio, está perfectamente bien, está en cualquier automóvil que tenga algún pequeño golpe puede suceder, no es algo que tenga un peligro para la seguridad, está perfectamente bien, puedes conducir con él de todo corazón, no hay problema, el automóvil está en buenas condiciones" (6 de noviembre de 2012, p. 601, líneas 24-29).

Después de que se le presentaron sus palabras en el mensaje, Ido confirmó que se le dijo explícitamente que había un problema con el chasis del automóvil, a pesar de que le dijeron que era marginal y pequeño:

"P: Genial, ahora fuiste al computador, lo comprobaste, te leí: "Después de probar el auto verificamos los resultados de la prueba, yo, el probador de autos y el tipo con barba francesa", es Ezra afuera, y continúo: El probador me dijo que había un problema con un chasis pequeño en el auto, a mi pregunta si el problema con el chasis era grave, el probador me dijo que no, un problema pequeño y marginal'". El examinador me dijo que este es un problema pequeño y marginal, ¿es eso lo que te dijo?

R: Sí...

La continuación de la oración con la cita: 'Y también para los otros defectos en el automóvil, no cometió de manera grave', así es como está escrito, 'No cometió de manera grave, sino que dijo que no es grave y solo pequeñas correcciones, quiero decir y agregar que el examinador del Instituto de Computación tiene apariencia y acento rusos', esto es lo que dijiste.

R: Está bien.

P: No hay discusión sobre lo que dijiste al respecto

R: No hay discusión, lo que se registra se registra" (6 de noviembre de 2012, p. 604, líneas 5-24; énfasis mío – S.K.).

Ido confirmó que había solicitado enmiendas al Centro de Comercio de conformidad con el informe de inspección, como se indicaba en el memorando con el Centro de Comercio (P/125B).

Discusión y decisión

  1. La única evidencia directa presentada en nombre del acusador para probar los delitos atribuidos al acusado 3 en el asunto de este cliente es el testimonio de Ido. Más allá de las muchas calificaciones detalladas en el capítulo general, y las fallas de la acusación y la investigación que actúan a favor de la acusación y a favor del acusado 3, no he encontrado que este sea un testigo confiable, cuyo testimonio solo se pueda confiar, para condenar al acusado 3 más allá de una duda razonable de los delitos que se le atribuyen en este asunto.

No encontré confiable el testimonio de Ido, tanto por la forma poco confiable en que respondió a las preguntas formuladas en su contrainterrogatorio, como porque su testimonio encontró cambios en los detalles más esenciales, lo que reduce en gran medida la posibilidad de confiar en sus palabras.

Parte previa1...221222
223...385Próxima parte