Casos legales

Caso criminal 17813-01-10 Estado de Israel contra Avraham Levy - parte 48

December 19, 2014
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"El testigo, Sr. Vaknin: Suponiendo que lo que está diciendo es cierto, la Oficina del Fiscal del Estado lo ha revisado y si deciden que ya es suficiente para ellos, eso es lo que estoy haciendo" (5 de febrero de 2013, p. 814, líneas 15-16).

  1. Otra omisión es el hecho de que los testigos más sustanciales y esenciales de los delitos atribuidos a los acusados no fueron interrogados sistemáticamente.  Bastantes testigos declararon que trajeron a otra persona con ellos para interrogarla, ya sea porque habla mejor el idioma (y en algunos casos es el único que habla hebreo), o porque entiende mejor los vehículos.  Estos testigos no fueron interrogados en ninguno de los casos, cuando la policía se contentó con interrogar solo al comprador del automóvil, incluso si su testimonio era parcial e incluso menos ponderado que el de la persona que lo acompañaba.  Naturalmente, cuando una persona trae consigo a una persona que entiende los vehículos, estará menos atenta a lo que se dice, confiando en que esa persona escuche y comprenda lo que se dice.

Los investigadores tampoco tuvieron ninguna explicación sobre este asunto (ver el testimonio de Marina Erichman, en pp. 948-949).

  1. Con respecto a los fracasos de la investigación, cabe señalar que de las pruebas presentadas en el expediente, y especialmente del testimonio de Rafi Vaknin, jefe de la Unidad de Operaciones Especiales, parece que los fracasos de la investigación se debieron al hecho de que la investigación comenzó por sospechas de reparaciones de vehículos en los Territorios Ocupados, robos de automóviles, destructores de vehículos, comercio de piezas, remolque a los Territorios Ocupados, etc., y posteriormente a delitos cometidos por los socios del Centro de Comercio. Solo más tarde surgió la sospecha de delitos por parte de los inspectores de vehículos, y este tema fue  un apéndice del asunto principal y secundario (p. 745, líneas 31-33 y p. 746, líneas 7-9).
  2. Sin embargo, esto no cambia el hecho de que, al final del día, se presentó una acusación contra los acusados ante mí, por muchos delitos graves, en cuyo caso la investigación fue "incidental", como dijo Rafi Vaknin, deficiente, deficiente y plagada de fallas de una manera que hizo que los acusados tergiversaran la ley y afectaron su capacidad para defenderse.
  3. De hecho, a menudo sucede que una investigación se centra en un tema específico y en ciertos sospechosos, y luego hay un cambio en los delitos que son objeto de la investigación y los involucrados en estos delitos. Sin embargo, una vez que se ha producido este cambio, la policía debe realizar una investigación adecuada y exhaustiva con respecto a los nuevos delitos que se investigan y contra los nuevos sospechosos, y no es posible aceptar la presentación de una acusación después de una investigación que se llevó a cabo "incidentalmente" y como un "apéndice" de un asunto central, y sin una investigación adecuada realizada en su caso que les permita defenderse adecuadamente contra estos delitos.
  4. Los fallos han sostenido más de una vez que incluso en los casos en que se descubrieron fallas en la investigación policial, e incluso fallas graves, esto no conduce necesariamente  a la absolución del acusado.  También se sostuvo que la fiscalía no está obligada a presentar al tribunal la "máxima evidencia", sino más bien la "evidencia suficiente", y que si se presentaron pruebas suficientes para una condena ante el tribunal, no importa si el acusador podría haber obtenido "mejores" pruebas que las que finalmente se presentaron (véase el resumen en el caso Haliwa).
  5. Cuando hay fallas en la investigación, el tribunal debe examinar si las omisiones antes mencionadas plantean la preocupación de que la defensa del acusado ha sido privada, porque tiene dificultades para lidiar adecuadamente con las pruebas en su contra, o para probar su propia versión.

En el caso Haliwa, que se dio recientemente, el Honorable Juez Melcer resumió las consecuencias de las fallas de investigación al dictar la sentencia.  El juez Melcer enfatizó la gran importancia, que es indiscutible, de que la policía, bajo la supervisión de la fiscalía, lleve a cabo todas las acciones de investigación requeridas para investigar la verdad.  En particular, el Honorable Juez Melcer enfatizó la importancia de llevar a cabo todas las acciones de investigación que se dan, cuando se le pide al tribunal que condene a un acusado sobre la base de un solo testimonio.  A este respecto, el Honorable Juez Melcer se refirió a las duras palabras del Juez Rubinstein en Crim. Crim. 3090/11 Antebawi v. Estado de Israel (publicado en Nevo, 18 de octubre de 2012):

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