Casos legales

Caso Penal (Tel Aviv) 24518-06-19 Estado de Israel contra Erez Shmueli - parte 11

January 4, 2024
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En cuarto lugar, el denunciante argumentará que las monedas virtuales vendidas por el demandado deben ser calificadas como activo durante el período relevante, tal como fueron clasificadas en su momento por la Circular 5/2018 del Impuesto sobre la Renta y como se determina en la jurisprudencia...  Sin embargo, debe aclararse que incluso si esta cuestión no está decidida...  Esto no elimina el aguijón de las omisiones y acciones del acusado con respecto a su responsabilidad por el delito de fraude, astucia y subterfugio, ya que el acusado actuó para ocultar sus ingresos, sin importar cómo se clasifiquen.

Finalmente...  La afirmación infundada del acusado de que debería ser clasificado como una "institución financiera" debe ser rechazada, tanto a la luz del hecho de que no cumple con ningún criterio para recibir tal clasificación, como a la luz del hecho de que no solicitó con anticipación y pidió ser considerado como tal, y porque él mismo, incluso después de la presentación de la acusación y la presentación de sus informes anuales a la Autoridad del Impuesto sobre la Renta, no solicitó ser clasificado como tal, y porque este es un intento despreciable de evadir el hecho de que no existe ninguna conexión entre la conducta y la actividad del acusado y la actividad de una institución financiera, en la que esta última confía por un registro meticuloso y por estar sujeto a una regulación y supervisión muy estrictas, entre otras cosas, en lo que respecta a la obligación de identificar y registrar a los clientes para los que presta un servicio, en cuyo caso se presentaron pruebas más que suficientes que indicaban que no había clientes y que se trataba de sus propias monedas".

  1. Por otro lado, en cuanto al primer cargo, según el acusado, no dirigía ningún negocio, no estaba obligado a informar a las autoridades fiscales sino solo sobre sus ganancias de las transacciones que realizaba en bitcoins, y no sobre el monto total de las transacciones, ya que los fondos no eran suyos sino de "clientes".

Además, el demandado alegó que, en la práctica, informó a la Autoridad Tributaria, en los informes anuales que presentó, todas sus ganancias de las diferencias de tipo de cambio de las monedas de Bitcoin, y que no tenía intención de evadir el pago del impuesto adeudado por él.

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