Además, en su opinión, el testigo se refirió extensamente a la práctica aceptada en el contexto del comercio de Bitcoin, pero cuando el abogado del acusador, en el contrainterrogatorio, le pidió que citara ejemplos de la práctica aceptada, evitó responder; Así, por ejemplo, con respecto a la cuestión de clasificar la actividad en Bitcoin como una "institución financiera", respondió que la pregunta debería dirigirse a un contador.
En la práctica, tenía la impresión de que la opinión y el testimonio del abogado Lapidot también estaban sesgados a favor del acusado; Además, no se referían a las circunstancias específicas del caso en cuestión, sino a la "práctica común" en general.
CPA Dannenberg también testificó de manera tendenciosa e incluso hizo suposiciones erróneas, todo de manera sesgada a favor del acusado.
Por un lado, la testigo declaró al comienzo de su contrainterrogatorio que se basó únicamente en los hechos de la acusación; pero por otro lado, en la práctica, durante su testimonio, quedó claro que había hecho varias suposiciones erróneas y se había basado en ellas, aunque no aclaró el asunto, como su suposición de que el acusado supuestamente no era particularmente competente en el comercio de monedas virtuales; y así, por ejemplo, declaró en su testimonio, de manera desconcertante: "Cuando no se indica en la acusación que está bien informado, Debo suponer que no está bien informado" (p. 1286 del 17 de julio de 2023); Y también: "No volví a preguntar, no se encuentra en la acusación y, por lo tanto, no tiene repercusiones" (ibíd., en p. 1276).
Además, el testigo asumió que la mayor parte de la actividad del acusado se reflejaba en sus horas de trabajo como empleado, y también asumió que el acusado mantuvo los bitcoins solo durante unos días, sin ninguna base fáctica.
Además, tuve la impresión de que el testigo evitó responder preguntas que eran menos convenientes para el acusado. Véase, por ejemplo: "Adv. M. Maíz:... En su opinión, ¿es esto relevante para la cuestión de una opinión sobre el tema de la tributación, la forma en que se recibieron los fondos? La testigo, la Sra. T. Dannenberg: Mi opinión se relaciona con establecer las pruebas para una empresa, así que me encantaría saber a qué prueba te refieres. Adv. M. Dagan: Le estoy haciendo una pregunta general sobre el caso como experto en impuestos... ¿Cree que hay alguna relevancia en la forma en que se recibieron los fondos... La testigo, la Sra. T. Dannenberg: La contraprestación puede ser en dinero o el equivalente en dinero, así es como se hace la transacción y venta de criptomonedas, por así decirlo. Adv. M. Dagan: Por supuesto, pregunté si es importante para el propósito de determinar las reclamaciones en asuntos fiscales, la forma en que se ajustan los fondos, ¿es este un detalle fáctico importante? La testigo, la Sra. T. Dannenberg: Cada caso es independiente. Adv. M. Dagan: Bien, entonces en este caso, ¿si crees que es importante? La testigo, la Sra. T. Dannenberg: En mi humilde opinión, no, no creo que sea importante, creo que cuando venimos y miramos y vamos a examinar si hay un negocio aquí o no, basándonos en la Circular 5/18, entonces si la contraprestación se hizo en dinero o en el valor del dinero, entonces viene la Circular 5/18 y nos dice que puede ser tanto en criptomonedas como en efectivo" (ibíd., en pp. 1259-1260).