Casos legales

Caso Penal (Tel Aviv) 4368-05-16 Estado de Israel contra Siemens Israel Ltd. - parte 103

July 3, 2017
Impresión

En el párrafo 24 del preámbulo se afirma que el derecho a guardar silencio es una parte importante de la presunción de inocencia, y debe concederse a los sospechosos y acusados como defensa contra la autoincriminación.  En el párrafo 25 de la introducción,  se dicen cosas similares con respecto al derecho a la autoincriminación.  El artículo 7 de la Directiva regula las normas a este respecto.

La mayoría de los argumentos  anteriores también son aplicables a la ley israelí, y creo que son sustanciales.  En otras palabras, existe la duda de si otorgar estos derechos a las corporaciones.  En cualquier caso, incluso si se acepta el enfoque de que estos derechos deben otorgarse a la corporación, entonces se debe discutir el alcance del derecho.  Creo que los derechos  son "más débiles" cuando se trata de una corporación.  En C.A.  1840/12 Yehuda Ozer v.  Estado de Israel (publicado en Nevo, 2013,  en adelante: el caso Ozer),  se discutió la cuestión de si es posible determinar que una corporación cometió los actos que se le atribuyen sin una condena.  El Honorable Juez Hendel sostuvo allí que, como cuestión de principio, es posible no condenar a una corporación, pero los casos en los que sería apropiado hacerlo se limitarán a aquellos en los que habría espacio para no condenar a una persona. En el párrafo  11, el Honorable Juez  N. Hendel declara lo siguiente:

"Como parte de esta decisión, me gustaría enfatizar la diferencia entre estos dos grupos.   Se puede suponer que el círculo de casos en los que sería correcto y correcto no condenar a las personas a pesar de su culpabilidad será más amplio que el círculo de sociedades culpables sobre las que es correcto no condenar.  Esto se deriva aunque solo sea de la diferencia entre carne y sangre y sociedad.  Mientras que la primera tiene un derecho básico a la vida,  la libertad y la dignidad, la sociedad limitada, con toda su importancia en la economía moderna, no es más que una criatura legal que existe en virtud de la naturaleza de la ley y no en virtud de la ley de la naturaleza.  Las OPI dejan su huella, por ejemplo, en las consideraciones de rehabilitación de una persona que ha pecado, en oposición a las consideraciones de rehabilitación de una sociedad que ha pasado por un pasado.  Es cierto que el término "rehabilitación social"  es familiar, pero su significado solo resalta la diferencia entre él y la rehabilitación de un acusado.  Una vez más, debe enfatizarse que también es posible evitar condenar a una corporación declarada culpable de delitos penales.  Una vez que la legislatura israelí, al igual que otras legislaturas, ha decidido que es posible utilizar el mecanismo del derecho penal contra una empresa, esta última tiene derecho, siempre que sea posible y lógico, a beneficiarse de la indulgencia que se aplica a todos los acusados.  La ley no prohíbe la no condena de un acusado, incluida una empresa, que es declarado culpable.Sin embargo,  también se debe hacer una distinción entre el castigo y la personificación al decidir cuándo no condenar.  Parece que la regla de la "no condena"  debería aplicarse a la sociedad solo en aquellos casos en los que el resultado de la condena no sea proporcional al daño que se causará a la empresa.  Debe aclararse que si el resultado de no condenar a un acusado (y, por supuesto, referirse a un adulto) es una excepción, tal resultado contra una empresa se aplicará dentro del alcance de una excepción más limitada".

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