La base conceptual de esta norma es el principio de igualdad, su importancia y el grave daño causado por desviarse de él. En HCJ 935/89 Ganor v. Attorney General, IsrSC 44 (2) 485, 512 (1990), el Honorable Presidente E. Barak sostuvo:
"En el ejercicio de su discreción, un demandante debe actuar con igualdad y sin discriminación... El buen funcionamiento del proceso penal se basa en la confianza del público en las autoridades fiscales y en la creencia de que toman sus decisiones con igualdad. La presentación de cargos de manera discriminatoria socava la confianza del público en las autoridades fiscales. Este es un duro golpe para el régimen democrático. Esta dificultad es triple: primero, un uso discriminatorio del poder de enjuiciamiento socava los supuestos subyacentes a la concesión de discreción al demandante; En segundo lugar, la discriminación en la presentación de cargos daña la confianza del público en las autoridades fiscales en particular y en las autoridades gubernamentales en general, y por lo tanto erosiona los lazos que unen a los miembros de la sociedad; En tercer lugar, el ejercicio desigual del poder de enjuiciamiento daña el poder disuasorio del derecho penal".
El tribunal examinó detenidamente este motivo y sus componentes, por primera vez, en 1999 en HCJ 6396/96 Zakin c. Alcalde de Be'er Sheva, IsrSC 35 (3) 289 (1999, en adelante: el caso Zakin). Sin embargo, el argumento se planteó y discutió en general incluso antes de eso (véanse, por ejemplo, las palabras del Honorable Vicepresidente, Juez M. Cheshin B. Crim. Crim. 3520/91 Turgeman v. MI, IsrSC 47 (1) 441 (1993). En el caso Zakin, se discutió el enjuiciamiento de los estatutos con respecto a la señalización, cuando se afirmó que solo se procesó a quienes escribieron críticas y protestas contra el alcalde. El Honorable Juez Y. Zamir señaló la esencia de la aplicación selectiva (ibíd., pág. 305): "Aplicación que viola la igualdad en el sentido de que distingue a los efectos de la aplicación entre personas similares o situaciones similares con el fin de lograr un objetivo indebido, o sobre la base de consideraciones ajenas o sobre la base de mera arbitrariedad".