"La decisión sobre la cuestión de si el enjuiciamiento de algunos de los involucrados en la comisión de un delito es una aplicación parcial permitida o si es una aplicación selectiva e inadecuada generalmente dependerá ... Aclarando la cuestión de si la autoridad distinguió entre los implicados sobre la base de consideraciones pertinentes o si actuó ...para lograr un objetivo indebido, ya sea sobre la base de consideraciones ajenas o por pura arbitrariedad... Esta regla se basa en la lógica: como ya hemos señalado, la decisión del tribunal‑de cancelar una ‑acusación por razones de protección de la justicia depende del hecho de que la decisión de presentarla daña gravemente el sentido de justicia y equidad del tribunal. Cuando la razón de la discriminación radica en la conducta deliberada y maliciosa de la autoridad, la existencia de una violación grave del sentido de la justicia y la equidad es prima facie y clara, mientras que la existencia de tal infracción es menos evidente cuando la autoridad actuó de buena fe".
Sin embargo, el tribunal no cerró completamente la puerta a los casos en los que una acusación sobre esta base sería cancelada incluso cuando no se probaran los motivos de la acusación, en su fallo (ibíd.):
"Sin embargo, no vemos espacio para descartar la posibilidad, que por su naturaleza sería extremadamente rara, de que la decisión sobre la cuestión de la existencia de una aplicación indebida selectiva se derive de otras circunstancias especiales, y no necesariamente de la determinación de que la decisión de la fiscalía se basó en un motivo malicioso o en consideraciones claramente indebidas... El tribunal puede cancelar una acusación que se haya presentado, por razones de protección de la justicia, si está convencido de que, en las circunstancias del caso dado, la decisión de acusar a una determinada persona y no acusar a una persona anónima se desvía claramente del ámbito de la razonabilidad".
Esta determinación difiere del precedente en los Estados Unidos, donde deben probarse los motivos indebidos y la intención discriminatoria de la acusación (para una revisión de la ley en los Estados Unidos en este contexto, véase: R.H. Lenhardt, "Comprender la marca: estigma racial e igualdad en contexto", 79 N.Y.U. L. Rev. 803 (2004); Yoav Sapir, "Ni intención ni impacto: una crítica de la jurisprudencia de enjuiciamiento selectivo basada en la raza y una propuesta de reforma", 19 Harv. Letra negra L.J. 127, 136-143 (2003). Véase también: Michal Tamir, "On Neglect and Intent to Discriminate: Unique Aspects of Enforcement", 26 Law Studies 217 (2010) y en: Sefer Bach, 619, 624 (editado por David Hahn, Dana Cohen-Lekach y Michael Bach (2011, en adelante: Tamir, Intention to Discriminate (la referencia a los números de página es al artículo tal como es). aparece en el libro Bach)).