Casos legales

Caso Penal (Tel Aviv) 4368-05-16 Estado de Israel contra Siemens Israel Ltd. - parte 29

July 3, 2017
Impresión

El crecimiento de las corporaciones y el alcance de su control sobre la vida del comercio y la economía en el mundo en su conjunto, requiere la imposición de responsabilidad penal sobre ellas, junto con los derechos e influencia de que disfrutan.  En un artículo escrito en los Estados Unidos que apoya la flexibilización de la imposición de responsabilidad penal a las corporaciones, se cita a Siemens como ejemplo de este propósito.  En su artículo, Sun Beale, Corporate Criminal Liability, la autora analiza la influencia de las corporaciones gigantes y la creciente necesidad resultante de imponer responsabilidad penal a las corporaciones.  El autor cita ejemplos de esto de empresas como Enron, que colapsó debido a actos fraudulentos y dañó la economía estadounidense, además de lidiar con delitos de soborno cometidos por corporaciones, y señala,  al tiempo que cita como ejemplo a Siemens global que fue sorprendida cometiendo delitos de soborno en muchas partes del mundo (ibíd.):

"Debido a su tamaño, complejidad y control de vastos recursos, las corporaciones tienen la capacidad de participar en conductas indebidas que empequeñecen lo que podrían lograr los individuos.  Por ejemplo, Siemens, el gigante alemán de la ingeniería, pagó más de 1.400 millones de dólares en sobornos a funcionarios gubernamentales en Asia, África, Europa, Medio Oriente y América Latina, utilizando sus fondos para sobornos para asegurar contratos de obras públicas en todo el mundo.  No hay nada de malo en reconocer que fue Siemens, no simplemente algunos de sus funcionarios o empleados, quienes deben rendir cuentas legalmente".

Si se demuestra que los hechos alegados en la acusación son ciertos, entonces,  en principio, se debe imponer responsabilidad penal al acusado.

El acusado no discute la posibilidad misma y quizás la obligación de imponer responsabilidad penal a las corporaciones.  Su argumento es que una vez que el Estado llegó a acuerdos estatales de testigos, en virtud de los cuales se otorgó inmunidad a los tres órganos que dieron el soborno, y a la luz de la identidad o identificación entre la empresa y los órganos,  ya no se puede imponer responsabilidad a la empresa.  Con el propósito de discutir esta cuestión, examinaré ahora la teoría de los órganos que actualmente subyace a la responsabilidad penal de las corporaciones y examinaré si la base conceptual de esta doctrina requiere la conclusión del acusado.

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