Casos legales

Caso Penal (Tel Aviv) 4368-05-16 Estado de Israel contra Siemens Israel Ltd. - parte 79

July 3, 2017
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Hoy en día, a la luz del alcance de la actividad en la que participan las empresas,  existe un argumento cada vez mayor de que la preocupación por los derechos humanos está arraigada en realidad en las empresas a las que se les han concedido derechos constitucionales en general, y con respecto a los procedimientos penales en particular (véase, por ejemplo, Albert Sánchez-Graells y Francisco Marcos, "Human Rights' Protection for Corporate Antitrust Defendants: Are We Not Going Going Overboard? (2 de febrero de 2014).  Documento de investigación de la Universidad de Leicester No.  14-04. Disponible en SSRN: https://ssrn.com/abstract=2389715 o http://dx.doi.org/10.2139/ssrn.2389715 School of Law.

Anna Grear, Redirigir los derechos humanos: Enfrentando el desafío de la humanidad legal corporativa (2010),  señaló  (p. 6):

"Lo que enfrentamos ahora es el peligro para el futuro de los derechos humanos que presenta la génesis de una sensibilidad legal de derechos humanos amigable con las corporaciones"

Ofer Sitbon, en su artículo: "Sobre personas, corporaciones y todo lo intermedio ¿Debería  aplicarse la Ley Básica: la dignidad humana y  la libertad a las corporaciones?", Kiryat HaMishpat 8, 107, 120 (2009, en adelante: Sitbon Corporations),  también señala la preocupación por la concesión de derechos constitucionales a las corporaciones, especialmente los derechos derivados de la Ley Básica: Dignidad y Libertad Humanas, En una era en la que el miedo a la violación de los derechos constitucionales de las personas proviene en gran medida de las corporaciones.

Aharon Barak, en su libro:  Human Dignity – The Constitutional Right and Its Daughters 863 (2014, en adelante: Barak, The Constitutional Right), discute, en el capítulo 30, titulado "El derecho de la hija a un juicio justo", la cuestión de si es apropiado incluir el derecho a un juicio justo en el marco de los derechos en virtud de la Ley Básica: Dignidad y Libertad Humanas.  Según él, cuando se trata de libertad, el derecho a un juicio justo en el derecho penal está  incluido en el derecho a la libertad.  Sin embargo, en tal caso, el derecho no se aplicará a una empresa cuya libertad no se vea amenazada ni siquiera en el marco de un proceso penal.   Es más fácil derivar el derecho a un juicio justo del derecho a la dignidad, y este enfoque ha sido adoptado en la literatura y la jurisprudencia (en la pág. 869 hay una revisión de la literatura y la jurisprudencia sobre este asunto).  Sin embargo, incluso si seguimos este camino, el derecho como derecho constitucional no se aplicará a una corporación.   El profesor Barak señaló esto en la p. 878 cuando señaló que "el derecho [a un juicio justo] no existe para una corporación", refiriéndose al derecho constitucional derivado de la dignidad humana.

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